ANÁLISIS CRÍTICO DE LA REFORMA PENAL
SOBRE FEMINICIDIO EN MÉXICO: DESAFÍOS,
AVANCES Y ESTRATEGIAS PARA MEJORAR
LA APLICACIÓN DE LA JUSTICIA EN 2024
DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO Y
DERECHOS HUMANOS
CRITICAL ANALYSIS OF THE CRIMINAL REFORM ON
FEMICIDE IN MEXICO: CHALLENGES, PROGRESS, AND
STRATEGIES TO IMPROVE THE APPLICATION OF JUSTICE
IN 2024 FROM A GENDER AND HUMAN RIGHTS
PERSPECTIVE
Alondra Concepción López Astudillo
Universidad Vizcaya de las Américas campus Chetumal - México
pág. 12412
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i5.14674
Análisis Crítico de la Reforma Penal sobre Feminicidio en México:
Desafíos, Avances y Estrategias para Mejorar la Aplicación de la Justicia en
2024 desde una Perspectiva de Género y Derechos Humanos
Alondra Concepción López Astudillo
1
Calandria7613@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0002-0293-482X
Universidad Vizcaya de las Américas campus Chetumal
Chetumal, Quintana Roo. México
RESUMEN
El artículo analiza la reforma penal sobre feminicidio en México, implementada en 2024, y su impacto
en la justicia penal y la protección de los derechos de las mujeres. A pesar de que el feminicidio se ha
tipificado como un delito específico en el Código Penal Federal y en varios códigos penales estatales,
la investigación revela que persisten inconsistencias significativas en su aplicación entre las entidades
federativas, generando desigualdad en la administración de justicia. El análisis destaca la falta de
protocolos específicos para la investigación de tentativas de feminicidio y la necesidad de integrar la
perspectiva de género en todo el sistema judicial. La reforma de 2024 introduce medidas importantes,
como la incorporación de la perspectiva de género en todas las etapas del proceso penal y el
agravamiento de penas en ciertos contextos. Sin embargo, los resultados sugieren que estos cambios no
han sido suficientes para reducir la impunidad ni para garantizar una protección efectiva de los derechos
de las mujeres. El artículo subraya la importancia de armonizar las leyes estatales con los estándares
federales e internacionales, como la Convención de Belém do Pará, para asegurar que todas las muertes
violentas de mujeres sean investigadas como posibles feminicidios. También se destaca la necesidad de
mejorar la capacitación de los operadores de justicia con perspectiva de género y la implementación de
protocolos claros que aborden todas las particularidades del feminicidio. En conclusión, aunque la
reforma penal de 2024 es un avance significativo, su éxito depende de una implementación efectiva y
de un compromiso constante para mejorar el sistema de justicia, combinando reformas legales con
políticas preventivas, educativas y de apoyo a las víctimas.
Palabras clave: feminicidio, reforma penal, perspectiva de género, impunidad, justicia penal
1
Autor Principal
Correspondencia: Calandria7613@hotmail.com
pág. 12413
Critical Analysis of the Criminal Reform on Femicide in Mexico:
Challenges, Progress, and Strategies to Improve the Application of Justice
in 2024 from a Gender and Human Rights Perspective
ABSTRACT
The article analyzes the criminal reform on femicide in Mexico, implemented in 2024, and its impact
on criminal justice and the protection of women's rights. Although femicide has been classified as a
specific crime in the Federal Penal Code and several state penal codes, the research reveals that
significant inconsistencies persist in its application among the federal entities, resulting in inequality in
the administration of justice. The analysis highlights the lack of specific protocols for investigating
attempted femicide and the need to integrate a gender perspective throughout the judicial system. The
2024 reform introduces important measures, such as incorporating a gender perspective at all stages of
the criminal process and increasing penalties in certain contexts. However, the results suggest that these
changes have not been sufficient to reduce impunity or to ensure effective protection of women's rights.
The article emphasizes the importance of harmonizing state laws with federal and international
standards, such as the Belém do Pará Convention, to ensure that all violent deaths of women are
investigated as possible femicides. It also highlights the need to improve the training of justice operators
with a gender perspective and the implementation of clear protocols that address all the specificities of
femicide. In conclusion, while the 2024 criminal reform is a significant step forward, its success depends
on effective implementation and a constant commitment to improving the justice system, combining
legal reforms with preventive, educational, and victim support policies.
Keywords: femicide, criminal reform, gender perspective, impunity, criminal justice
Artículo recibido 10 septiembre 2024
Aceptado para publicación: 12 octubre 2024
pág. 12414
INTRODUCCIÓN
El feminicidio se define como la manifestación más extrema de violencia de género contra las mujeres.
En México, este fenómeno ha alcanzado niveles alarmantes, el INEGI se enfoca en ofrecer una visión
cuantitativa y cualitativa del problema. Su análisis es crucial para entender no solo la magnitud del
feminicidio en el país, sino también las dinámicas que lo rodean, como las características de las víctimas,
los agresores y el contexto en el que ocurren estos crímenes. La importancia de este enfoque radica en
la necesidad de desarrollar políticas públicas efectivas que puedan prevenir y erradicar la violencia de
género en todas sus formas. (INEGI, 2024).
La investigación pretende ver, analizar, reflexionar y sensibilizar sobre el feminicidio, definiéndolo
como el asesinato de una mujer por razones de género, es una de las manifestaciones más extremas de
violencia contra las mujeres y representa un grave problema de derechos humanos en México. A pesar
de los esfuerzos legislativos por tipificar el feminicidio como un delito específico en el Código Penal
Federal y en varios códigos penales estatales, su aplicación ha mostrado serias deficiencias que requieren
ser abordadas.
En el contexto de México, el feminicidio ha alcanzado niveles alarmantes, con más de 3,000 mujeres
asesinadas anualmente, de las cuales solo un porcentaje es clasificado formalmente como feminicidio.
Investigaciones previas, como las de Ávila y Jáuregui (2023) y Olga Islas de González Mariscal (2020),
han señalado la disparidad en la tipificación y la sanción del feminicidio entre las entidades federativas,
lo cual genera inconsistencias y afecta la equidad en la administración de justicia. Además, se ha
identificado la falta de protocolos específicos para la investigación de tentativas de feminicidio y la
necesidad de una integración más efectiva de la perspectiva de género en el sistema judicial.
Sin embargo, estos estudios no han abordado de manera integral cómo las recientes reformas de 2024,
que incluyen la incorporación de la perspectiva de género en todas las etapas del proceso penal y el
agravamiento de penas en ciertos contextos, impactan realmente la aplicación del feminicidio como
delito. Tampoco se ha analizado en profundidad la efectividad de estas reformas para reducir la
impunidad y mejorar la protección de las mujeres.
La investigación se basará en la problemática de analizar los avances y desafíos de la reforma penal
sobre feminicidio en México en 2024, evaluando su implementación y su efectividad en mejorar la
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justicia para las víctimas. Para ello, se propone un análisis crítico de las nuevas disposiciones legales, la
identificación de lagunas y barreras en su aplicación, y la formulación de recomendaciones para
fortalecer la protección de los derechos de las mujeres en el país.
El informe de Medición del Feminicidio en México, destaca la diversidad de fuentes de información
utilizadas para medir el feminicidio en México, como los registros administrativos de defunciones por
homicidio, los censos nacionales de gobierno y la incidencia delictiva reportada por el Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP). Cada una de estas fuentes aporta datos
que permiten analizar diferentes aspectos del feminicidio, desde la identificación de las víctimas hasta
el procesamiento judicial de los casos.
Sin embargo, se reconocen limitaciones en la calidad y la comparabilidad de los datos. Por ejemplo, los
registros administrativos pueden no captar la totalidad de los casos de feminicidio debido a problemas
de clasificación o a la falta de información específica sobre el género. Por otro lado, los censos
nacionales ofrecen una visión más completa, pero pueden estar sujetos a subregistro o a la falta de
actualización. En este sentido, el informe subraya la importancia de armonizar las definiciones y criterios
utilizados para recolectar y analizar datos de feminicidios, siguiendo las recomendaciones
internacionales, como la Clasificación Internacional de Delitos con Fines Estadísticos (ICCS).
Los resultados que presente el informe analizado para dimensionar el problema revelan que, aunque el
feminicidio es un fenómeno generalizado en México, existen entidades federativas con un riesgo mayor
de violencia feminicida. Los datos muestran que en 2022 se registraron 3,928 muertes de mujeres por
presunto homicidio en México, lo que representa el 11.8% del total de muertes por homicidio. Este
porcentaje refleja una disminución en comparación con años anteriores, pero sigue siendo preocupante,
especialmente en el contexto de una cultura de impunidad y falta de atención adecuada por parte del
sistema de justicia. (INEGI. 2024).
Además, se identifican diferentes subtipos de feminicidio, como los cometidos por la pareja íntima de
la víctima, por otros familiares o por desconocidos. Esta categorización es relevante para entender las
dinámicas específicas de la violencia de género y para diseñar intervenciones más específicas y
efectivas.
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El informe del INEGI concluye con una serie de recomendaciones que buscan mejorar la recolección y
el análisis de datos sobre feminicidios en México. Entre ellas se encuentran la necesidad de crear
sistemas de información más robustos que permitan desglosar los datos por tipo de violencia y relación
con los perpetradores, así como la implementación de protocolos de investigación con perspectiva de
género. Estos pasos son fundamentales para garantizar que los datos recopilados sean precisos, verídicos
y comparables a nivel nacional e internacional.
Sin embargo, es importante reflexionar sobre algunos puntos críticos que no se abordan de manera
exhaustiva. En primer lugar, la falta de una definición homogénea de feminicidio en los diferentes
códigos penales de las entidades federativas puede generar inconsistencias en los datos y afectar la
comparabilidad a nivel nacional. Además, aunque se mencionan algunas estrategias para mejorar la
recopilación de datos, no aborda de manera profunda la necesidad de capacitar a los operadores del
sistema de justicia para que utilicen estos datos de manera efectiva en la prevención y el castigo de los
feminicidios.
En segundo lugar, el análisis también debería considerar el papel de la sociedad civil y de las
organizaciones de mujeres en la recolección y análisis de datos. La inclusión de estas perspectivas puede
enriquecer la comprensión del fenómeno y ofrecer enfoques más integrales para su erradicación.
Por último, el informe del INEGI sobre la medición del feminicidio en México proporciona una base
sólida para entender la magnitud y las características del feminicidio en el país. Sin embargo, es
necesario avanzar hacia la armonización de criterios, la mejora de los sistemas de información y la
capacitación de los operadores del sistema de justicia. Solo a través de un enfoque multidimensional y
colaborativo, que incluya a todas las partes interesadas, se podrá abordar de manera efectiva este grave
problema de derechos humanos.
El análisis de la reforma penal sobre feminicidio en México en 2024 es crucial debido a la magnitud del
problema de la violencia de género en el país. Con más de 3,000 asesinatos de mujeres anualmente, de
los cuales solo una fracción se clasifica formalmente como feminicidios, el fenómeno revela graves
deficiencias en la tipificación, investigación y sanción de estos crímenes. Este proyecto tiene un impacto
significativo en la protección de los derechos humanos al abordar estas fallas a través de una evaluación
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crítica de las nuevas disposiciones legales que incorporan la perspectiva de género en todas las etapas
del proceso penal.
La trascendencia de esta investigación radica en su potencial para mejorar la justicia penal y reducir la
impunidad, armonizando las leyes estatales con los estándares federales e internacionales. Además,
destaca la necesidad de protocolos específicos para la tentativa de feminicidio y la capacitación continua
de los operadores de justicia. La factibilidad del proyecto se basa en el acceso a datos oficiales de fuentes
como el INEGI y el SESNSP, así como en la colaboración con instituciones académicas y
gubernamentales que faciliten la recopilación y análisis de información.
Este estudio también aborda la vulnerabilidad del sistema de justicia, donde la falta de uniformidad y
claridad en la definición del feminicidio genera injusticias y fallas en la protección de las mujeres. La
investigación, por tanto, no solo busca evaluar la efectividad de las reformas penales, sino también
proponer recomendaciones prácticas para mejorar las políticas públicas y fortalecer los mecanismos de
protección en México.
La pregunta de investigación es: ¿Cómo han impactado las recientes reformas penales de 2024 sobre
feminicidio en México en la reducción de la impunidad y en la protección de los derechos de las mujeres,
considerando las inconsistencias en la tipificación y sanción del delito entre las entidades federativas y
los desafíos en la implementación efectiva de estas disposiciones legales? El objetivo general es: evaluar
la efectividad de las reformas penales sobre feminicidio implementadas en 2024 en México, analizando
su impacto en la reducción de la impunidad, la protección de los derechos de las mujeres y la coherencia
en la aplicación de la ley a nivel estatal y federal, identificando los avances, desafíos, y áreas de
oportunidad para mejorar la tipificación, investigación, y sanción del feminicidio con perspectiva de
género en el sistema de justicia penal.
METODOLOGÍA
La investigación sigue un enfoque cualitativo, dado que se centra en analizar las reformas legales y su
impacto en la tipificación, investigación, sanción y prevención del feminicidio en xico. Este enfoque
permite comprender a profundidad las implicaciones de las reformas de 2024 en el sistema de justicia
penal y cómo estas reformas pueden reducir la impunidad y mejorar la protección de los derechos de las
mujeres.
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El diseño de la investigación es no experimental y transversal. Se basa en la recolección y análisis de
datos de diferentes fuentes, como registros administrativos, bases de datos de defunciones por
homicidio, estadísticas del INEGI y reportes del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de
Seguridad Pública (SESNSP). Este diseño permite una evaluación de los avances y desafíos en la
implementación de las reformas sobre feminicidio.
La investigación es de tipo descriptiva y analítica. Se describe el marco normativo existente y las
reformas introducidas en 2024, y se analizan sus efectos en la práctica judicial. Además, se realiza un
análisis crítico de las barreras que persisten en la implementación efectiva de estas reformas a nivel
estatal y federal, y se proponen recomendaciones para su mejora.
Los criterios de selección de los datos y documentos analizados incluyen:
Documentos oficiales y leyes reformadas del Código Penal Federal y códigos penales estatales.
Informes y estudios previos de instituciones como INEGI, SESNSP, y la Comisión Nacional
para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM).
Estudios académicos que aborden el tema del feminicidio y su tipificación en México.
Información estadística que refleje la magnitud del problema del feminicidio, las características
de las víctimas y agresores, y la respuesta del sistema de justicia ante estos crímenes.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
La investigación realizada por Ávila, M. & Jáuregui, J. (2023)., analizan la evolución del delito de
feminicidio en México, comparando la normativa federal con las leyes estatales entre 2018 y 2022, así
como su aplicación en Nuevo León. Los resultados destacan la diversidad y complejidad de las
legislaciones estatales, lo que lleva a una aplicación desigual del feminicidio en diferentes entidades.
Además, se subraya la importancia de armonizar y clarificar estas leyes para garantizar justicia
equitativa.
La investigación resalta la falta de un protocolo específico para la tentativa de feminicidio y la necesidad
de integrar la perspectiva de género en el sistema judicial. Se observa una alta tasa de violencia de género
en Nuevo León, con importantes diferencias en la tipificación del feminicidio y en las penalidades
impuestas a nivel estatal. Esta disparidad afecta la equidad y eficacia en la aplicación de la ley,
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subrayando la urgencia de una reforma legal que unifique criterios y mejore la protección de las mujeres.
(Ávila, M. & Jáuregui, J. 2023).
Al término de su investigación mencionan, que, para avanzar en la lucha contra la violencia de género,
es crucial mejorar la capacitación judicial, establecer protocolos claros y asegurar la reparación integral
del daño para las víctimas y sus familias.
La investigación titulada, "El feminicidio en el Sistema de Justicia Penal" de Olga Islas de González
Mariscal ofrece un análisis detallado del feminicidio como figura delictiva en México, desde su marco
legal internacional hasta su implementación en el Código Penal. Este análisis resalta la evolución del
feminicidio en el sistema de justicia penal mexicano y la necesidad de unificar y clarificar su tipificación
para mejorar la administración de justicia. (González, O. 2020).
Se destaca que la tipificación del feminicidio ha sido diversa y a veces inconsistente entre los códigos
penales de las entidades federativas. Aunque la intención de proteger a las mujeres es clara, la
complejidad y ambigüedad en la redacción del tipo penal han llevado a interpretaciones diversas y, en
muchos casos, a la impunidad. El documento enfatiza que un tipo penal debe ser claro y preciso para
evitar tales problemas. Sin embargo, las numerosas especificaciones y fracciones en los códigos actuales
complican la aplicación efectiva de la ley.
El análisis también aborda la importancia del marco internacional, destacando instrumentos como la
Convención de Belem do Pará y la CEDAW, que proporcionan una base para los derechos de las mujeres
a una vida libre de violencia. Sin embargo, la implementación en el ámbito local a menudo ha sido
deficiente, como se evidencia en el caso "Campo Algodonero," donde la Corte Interamericana de
Derechos Humanos condenó a México por no proteger adecuadamente a las mujeres de la violencia de
género. (González, O. 2020).
Islas, sugiere que el problema del feminicidio no es únicamente penal sino también cultural y educativo.
Se requiere una política integral que incluya prevención no penal, educación, y cambios culturales,
además de reformas en la tipificación penal para unificar criterios y asegurar la protección efectiva de
los derechos de las mujeres. (González, O. 2020).
El Diario Oficial en abril de 2023 emite un decreto que reforma diversas disposiciones del Código Penal
Federal y otras leyes en México, en relación con el feminicidio, aborda la necesidad de ajustar el marco
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legal para una mejor investigación, sanción y reparación integral de este delito. Se destaca la
incorporación de la perspectiva de género en todas las etapas del proceso penal, desde la investigación
hasta la sentencia.
Esta reforma establece que se considera feminicidio cuando, además de privar de la vida a una mujer,
se presentan circunstancias como antecedentes de violencia del agresor, relaciones de confianza o
parentesco con la víctima, amenazas, y exposición del cuerpo en lugares públicos. Asimismo, se
adicionan disposiciones para agravar las penas cuando las víctimas son menores, adultas mayores, o
personas con discapacidad.
El documento también impone obligaciones al Ministerio Público y a la policía para actuar con
perspectiva de género, garantizando los derechos de las víctimas y la debida diligencia. Se resalta la
creación de fiscalías especializadas y centros de justicia para mujeres, así como la implementación de
protocolos para juzgar con perspectiva de género. Esta reforma es un avance importante para combatir
el feminicidio, aunque su efectividad dependerá de su correcta implementación y del compromiso de las
autoridades.
La iniciativa presentada en el documento busca reformar el artículo 325 del Código Penal Federal para
agravar las penas del delito de feminicidio cuando este se cometa para intimidar o arraigar miedo,
especialmente en contextos de crimen organizado. Destaca que en xico se cometen más de 3,000
asesinatos de mujeres anualmente, de los cuales solo el 24% son clasificados como feminicidios,
reflejando subregistro y la complejidad de tipificar estos crímenes. (Almaraz, O. & Peña, G. 2024).
El aumento del feminicidio se relaciona con la violencia armada y el narcotráfico, donde las mujeres
son utilizadas como herramientas de venganza. Se propone incluir agravantes en la legislación penal
para estos casos. La reforma subraya la necesidad de medidas integrales, no solo penales, y de incorporar
la perspectiva de género en todas las áreas de intervención, buscando mejorar la protección de los
derechos humanos de las mujeres en México y asegurar justicia efectiva. (Almaraz, O. & Peña, G. 2024).
El decreto de reforma al Código Penal Federal y otras leyes en 2012 introduce el delito de feminicidio
en México, detallando las circunstancias específicas que lo configuran, como la violencia sexual,
amenazas, y exposición pública del cuerpo de la víctima. La pena se establece entre 40 a 60 años de
prisión, con la pérdida de derechos relacionados con la víctima. (DOF. 2012).
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Esta reforma es un avance significativo en la lucha contra la violencia de género, al reconocer el
feminicidio como una figura delictiva autónoma y establecer sanciones severas. Sin embargo, para ser
efectiva, requiere una correcta implementación y capacitación de las autoridades en perspectiva de
género, así como mecanismos adecuados de reparación del daño a las víctimas y sus familias. La
inclusión de protocolos especializados y registros sistemáticos de delitos también es esencial para
garantizar la justicia y prevenir la impunidad en casos de feminicidio. (DOF. 2012).
La investigación de Alicia Beatriz Azzolini Bincaz aborda la tipificación del feminicidio en xico,
subrayando su inclusión en el Código Penal Federal y en el de la Ciudad de xico. La autora argumenta
que el feminicidio tiene causas específicas relacionadas con la violencia de género, y por ello, debe ser
un delito autónomo distinto al homicidio. Aunque se han implementado protocolos de investigación con
perspectiva de género, la realidad muestra que pocos homicidios de mujeres son tipificados como
feminicidios, lo que evidencia una deficiente aplicación de la ley. (Azzolini, A. 2020).
La autora sostiene que el derecho penal debe ser un recurso de último recurso y no la única solución
para proteger a las mujeres. Para enfrentar eficazmente la violencia de género, se requieren políticas
públicas integrales, educación con perspectiva de género, y apoyo económico para mujeres, más allá del
incremento de penas y medidas punitivas, que por sí solas resultan insuficientes. (Azzolini, A. 2020).
La iniciativa presentada por las senadoras Olga Sánchez Cordero Dávila y Gabriela López Gómez
proponen reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia para mejorar la tipificación del feminicidio en México. Señala que, a pesar de la
incorporación del feminicidio como delito en 2012, las variaciones entre las legislaciones estatales y la
falta de claridad han afectado su aplicación efectiva. Las autoras destacan la necesidad de armonizar las
definiciones y sanciones para asegurar que todas las muertes violentas de mujeres se investiguen
adecuadamente como posibles feminicidios. (Sánchez, O. & López G. 2012).
La propuesta se basa en las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
enfatizando que la falta de precisión legal genera invisibilidad y vulnera el acceso a la justicia de las
mujeres. Además, aboga por la integración de categorías específicas, como feminicidios relacionados
con profesiones de riesgo o motivados por discriminación. Las reformas buscan una mayor protección
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y justicia para las mujeres en contextos de violencia de género, con una aplicación uniforme y sin
ambigüedades a nivel nacional.
El documento de Olga Islas de González Mariscal analiza las reformas al Código Penal del Distrito
Federal respecto al feminicidio. Introducido en 2011, el feminicidio se tipifica como el asesinato de una
mujer por razones de género, incluyendo circunstancias como violencia sexual, mutilaciones o la
exposición pública del cadáver. La autora critica que esta figura delictiva combina múltiples delitos que
ya estaban regulados, como homicidio, abuso sexual y discriminación, lo que genera confusión legal.
(González, O. 2002).
Islas de González Mariscal cuestiona la ubicación del feminicidio en el título "Delitos contra la vida, la
integridad corporal, la dignidad y el acceso a una vida libre de violencia", argumentando que esta
inclusión desordena la jerarquización de bienes jurídicos, ya que la vida humana, sin distinción de
género, debe ser el bien protegido principal. Además, la inclusión de agravantes sobre un delito ya
calificado refuerza la necesidad de una revisión estructural del tipo penal para mejorar su efectividad y
coherencia jurídica. Concluye que, aunque la intención de visibilizar y sancionar la violencia de género
es crucial, la legislación debe ser clara y precisa para evitar lagunas legales y garantizar justicia real para
las víctimas. (González, O. 2002).
El “Modelo de tipo penal de feminicidio" presenta una propuesta para armonizar la tipificación del
feminicidio en México, promovida por el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) y la
Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM). Este modelo
busca estandarizar los elementos normativos que definan el feminicidio, incorporando una perspectiva
de género e interseccionalidad, siguiendo recomendaciones internacionales como las de la Convención
de Belém do Pará. (INMUJERES, 2023).
El modelo enfatiza la necesidad de definir claramente las razones de género que configuran el
feminicidio, tales como antecedentes de violencia, relaciones de poder, violencia política, y lesiones
infligidas con extrema brutalidad. También se contemplan agravantes, como el ser cometido por
servidores públicos o en presencia de personas cercanas a la víctima. Además, se proponen reglas para
investigar feminicidios bajo protocolos especializados, con enfoque de género y de derechos humanos.
(INMUJERES, 2023).
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Este enfoque es fundamental para superar las deficiencias y variaciones en la tipificación del feminicidio
entre los códigos penales estatales en México, que generan impunidad y dificultan el acceso a la justicia.
La propuesta destaca la importancia de políticas públicas y capacitación para operadores de justicia que
fortalezcan la prevención, sanción y reparación integral del daño a las víctimas de feminicidio,
mejorando así la respuesta del Estado ante esta grave violación de derechos humanos. (INMUJERES,
2023).
El "Proyecto de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Feminicidio" busca
unificar los criterios legales en México para combatir el feminicidio de manera efectiva. Este proyecto
surge en respuesta a la falta de estándares claros y la impunidad sistemática que prevalece en los casos
de feminicidio, destacando la urgencia de un marco normativo nacional que garantice justicia y
reparación integral para las víctimas. (SCJN. 2022).
La propuesta enfatiza la creación de un tipo penal homogéneo de feminicidio a nivel federal y promueve
la coordinación entre los tres niveles de gobierno para asegurar la prevención, investigación y sanción
del feminicidio. También aboga por medidas específicas de atención, protección y asistencia a las
víctimas, siguiendo las recomendaciones internacionales, como las del Comité CEDAW de Naciones
Unidas, que ha instado a México a armonizar su legislación. (SCJN. 2022).
El proyecto se fundamenta en la Ley Modelo Interamericana y busca implementar un enfoque de
derechos humanos con perspectiva de género e interseccionalidad. Aunque es un avance significativo,
su efectividad dependerá de la implementación rigurosa, la capacitación de los operadores del sistema
de justicia y el compromiso político para erradicar la violencia feminicida, rompiendo el ciclo de
impunidad y violencia estructural contra las mujeres en México. (SCJN. 2022).
El estudio "Desafíos y oportunidades en la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres
en México", coordinado por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las
Mujeres (CONAVIM), presenta un análisis exhaustivo de los factores estructurales y contextuales que
perpetúan la violencia de género en el país. Se reconoce que la violencia contra las mujeres no solo es
un problema de seguridad pública, sino un desafío multidimensional que involucra factores como la
marginación, la desigualdad económica, la falta de acceso a la justicia y los servicios de apoyo.
(CONAVIM, 2018).
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El estudio utiliza un enfoque de exposición al riesgo para medir la vulnerabilidad de las mujeres en
diferentes estados del país, combinando un análisis estadístico con variables de desventajas y daños.
Estas incluyen desde la condición de marginación y acceso a servicios hasta la violencia familiar y
sexual. Este enfoque es crucial para identificar los contextos específicos que incrementan la exposición
de las mujeres a la violencia, permitiendo la creación de políticas públicas más precisas y efectivas.
(CONAVIM, 2018).
El estudio también resalta la necesidad de coordinar esfuerzos entre los distintos niveles de gobierno
para superar las brechas de desigualdad y mejorar las políticas de prevención, atención y sanción de la
violencia de género. Además, se subraya la importancia de la armonización legislativa y la capacitación
de los operadores de justicia con perspectiva de género para asegurar un enfoque integral y efectivo en
la erradicación de la violencia contra las mujeres. En conclusión, se presenta un diagnóstico completo
que no solo visibiliza las barreras existentes, sino que propone acciones específicas para fortalecer la
protección de los derechos de las mujeres en México. (CONAVIM, 2018).
La investigación titulada, "El feminicidio en México: Marco Teórico Conceptual, Derecho Comparado
a Nivel Federal y Estatal, Modelo de Protocolo Latinoamericano y Opiniones Especializadas" ofrece un
análisis integral del feminicidio como figura delictiva en el sistema penal mexicano. La investigación
destaca la importancia de diferenciar el feminicidio del homicidio, señalando que el feminicidio implica
una forma de violencia de género caracterizada por razones específicas, como el odio, la discriminación
o el desprecio hacia las mujeres. (Gamboa, C. & Ayala, A. 2016).
A nivel legislativo, se observa una falta de uniformidad en las definiciones y sanciones del feminicidio
en los códigos penales de los estados y el Código Penal Federal, lo cual dificulta la tipificación y el
castigo adecuado del delito. Esta disparidad subraya la necesidad de armonizar las leyes para garantizar
que todas las muertes violentas de mujeres se investiguen como posibles feminicidios, siguiendo los
protocolos internacionales, como el Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación. (Gamboa,
C. & Ayala, A. 2016).
El documento también enfatiza la necesidad de implementar la “Alerta de Género” y mejorar la
capacitación de los operadores de justicia con una perspectiva de género para reducir la impunidad. Las
estadísticas presentadas refuerzan la urgencia de adoptar medidas más efectivas, ya que la violencia
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contra las mujeres sigue siendo un problema grave y extendido en México. En conclusión, el estudio
insta a una reforma integral que no solo aborde la cuestión legal, sino que también promueva cambios
culturales y sociales para proteger efectivamente los derechos de las mujeres. (Gamboa, C. & Ayala, A.
2016).
La investigación titulada, "Delito del feminicidio en personas del mismo género en Colombia" de Juana
Valentina Romero Aguilar aborda una laguna en la legislación penal colombiana: la falta de protección
adecuada para hombres que se identifican como mujeres (mujeres trans) en el contexto del feminicidio.
Aunque el feminicidio está tipificado en el artículo 104A del Código Penal colombiano, su redacción
no aborda explícitamente a las personas trans como posibles víctimas de este delito, lo que deja una
brecha en la protección legal. (Romero, J. 2024).
La autora argumenta que esta omisión contraviene el derecho a la igualdad, ya que las mujeres trans, al
igual que las mujeres cisgénero, enfrentan altos niveles de violencia de género. Se propone una revisión
de la normativa para incluir específicamente a las mujeres trans como sujetos protegidos bajo el tipo
penal de feminicidio. Este cambio no solo garantizaría una mayor inclusión, sino que también cumpliría
con los estándares internacionales de derechos humanos, que exigen la protección equitativa de todas
las personas, independientemente de su identidad de género. (Romero, J. 2024).
La investigación sugiere que, para cerrar esta brecha, es fundamental ajustar el marco legal, educar a los
operadores de justicia sobre diversidad de género y aplicar un enfoque de derechos humanos que abarque
a toda la comunidad LGBTQ+. Esto contribuiría a un sistema penal más inclusivo y justo en Colombia,
alineado con los principios de igualdad y no discriminación. (Romero, J. 2024).
La investigación titulada, "El Marco Legal de la Violencia Familiar en Ecuador: Análisis y Efectividad"
de Betty Yolanda Klinger Rodríguez ofrece un análisis detallado del desarrollo y efectividad de las leyes
contra la violencia familiar en Ecuador. Desde la promulgación de la Ley Contra la Violencia a la Mujer
y la Familia en 1995 hasta las reformas del Código Penal en 2014, el país ha avanzado significativamente
en la creación de un marco legal más comprensivo. Sin embargo, la implementación efectiva de estas
leyes enfrenta desafíos importantes. (Klinger, B. 2024).
El análisis destaca que, a pesar de las reformas legales y el establecimiento de juzgados especializados
y órdenes de protección, la violencia familiar sigue siendo prevalente. Las estadísticas muestran un
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aumento en las denuncias, lo que puede reflejar una mayor confianza en el sistema, pero también una
persistente alta incidencia de violencia. Las víctimas a menudo enfrentan obstáculos como la
revictimización y demoras en la emisión de medidas de protección. (Klinger, B. 2024).
La investigación sugiere fortalecer la capacitación de los funcionarios judiciales, mejorar la
coordinación interinstitucional y continuar con campañas de sensibilización para cambiar actitudes
culturales hacia la violencia familiar. La colaboración intersectorial es crucial para la implementación
efectiva de las leyes y la protección de las víctimas. Concluye su investigación proponiendo que se
requiere un compromiso renovado de todas las partes involucradas para erradicar la violencia familiar
en Ecuador, combinando esfuerzos legales, sociales y educativos.
La investigación sobre la "Eficacia de la política criminal del incremento de penas para reducir el delito
de feminicidio - Ancash 2017-2022" analiza la efectividad de aumentar las penas como estrategia para
reducir el feminicidio en la región de Áncash, Perú. La investigación emplea un enfoque cualitativo y
no experimental, evaluando 76 casos de feminicidios ocurridos entre 2017 y 2022. (Moreno, P. & Alva,
L. 2024).
Los resultados indican que, aunque la política de incremento de penas ha sido implementada con la
intención de disuadir la comisión de feminicidios, esta medida no ha tenido un impacto significativo en
la disminución de las tasas de este delito. Los datos revelan fluctuaciones en la incidencia de
feminicidios durante el período de estudio, con un notable aumento en 2018 y 2020. A pesar de la
severidad de las sentencias, que varían desde 10 años hasta cadena perpetua, los entrevistados señalan
problemas persistentes, como la ineficacia del sistema judicial, la falta de atención adecuada a las
víctimas y la prevalencia del machismo. (Moreno, P. & Alva, L. 2024).
Este análisis sugiere que el enfoque punitivo, aunque necesario, no es suficiente para abordar el
problema del feminicidio en su totalidad. Es esencial un enfoque integral que considere no solo el
endurecimiento de las penas, sino también la implementación de políticas preventivas, educativas y de
apoyo a las víctimas. La investigación concluye que, para reducir efectivamente los feminicidios, es
fundamental una política que combine medidas legales con esfuerzos educativos y sociales que aborden
las raíces estructurales de la violencia de género en la región de Áncash. (Moreno, P. & Alva, L. 2024).
pág. 12427
La investigación titulada, "Feminicidio y la determinación del elemento normativo ‘mujer en su
condición de tal’: revisión y propuesta sobre el artículo 108 B del Código Penal Peruano" de Mirian
Margot Umbo Ruiz, analiza críticamente la interpretación del feminicidio en la legislación peruana. El
artículo 108 B del Código Penal establece el feminicidio como el asesinato de una mujer "por su
condición de tal", un elemento normativo que ha generado controversia en su aplicación práctica.
(Umbo, M. 2024).
El estudio revela que este elemento, crucial para determinar el feminicidio, enfrenta desafíos
interpretativos significativos que afectan la justicia para las víctimas. La falta de una definición clara y
consistente de "mujer en su condición de tal" limita la capacidad de los magistrados para aplicar la ley
de manera efectiva. Este vacío normativo resulta en inconsistencias y posibles interpretaciones erróneas,
perpetuando la impunidad. (Umbo, M. 2024).
El resultado de la investigación propone una reforma que defina explícitamente este elemento
normativo, alineándolo con el artículo 4.3 del Reglamento de la Ley 30364, que aboga por un enfoque
de género en la interpretación legal. La autora argumenta que una definición clara facilitaría la labor de
los jueces y fortalecería la protección de los derechos de las mujeres en casos de feminicidio, reflejando
un avance necesario en la justicia penal peruana.
El Capítulo V del código penal sobre Feminicidio:
Artículo 325. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por una razón de
género.
Párrafo reformado DOF 25-04-2023
Se considera que existe una razón de género cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
Encabezado del párrafo adicionado DOF 25-04-2023
I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o
posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral,
comunitario, político o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
pág. 12428
Fracción reformada DOF 25-04-2023
IV. Haya existido entre el sujeto activo y la víctima parentesco por consanguinidad o afinidad o una
relación sentimental, afectiva, laboral, docente, de confianza o alguna relación de hecho entre las partes;
Fracción reformada DOF 25-04-2023
V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas directas o indirectas relacionadas con el hecho
delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
Fracción reformada DOF 25-04-2023
VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto, arrojado, depositado o exhibido en un lugar público, o
Fracción reformada DOF 25-04-2023
VIII. El sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo o haya ejercido sobre
ella cualquier forma de explotación.
Fracción adicionada DOF 25-04-2023
A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de
quinientos a mil días multa.
La pena se agravará hasta en un tercio cuando la víctima sea mujer menor de edad, embarazada, adulta
mayor o con discapacidad, así como cuando el sujeto activo sea servidor público y haya cometido la
conducta valiéndose de esta condición.
Párrafo adicionado DOF 25-04-2023
Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos
con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio. En su caso, también perderá todo derecho
con relación a los hijos de la víctima, garantizando el interés superior de la niñez en términos de lo
previsto por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Párrafo reformado DOF 25-04-2023
Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o
administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil
quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro
empleo, cargo o comisión públicos. (Código Penal Federal 2024).
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DISCUSIÓN
La diversidad en la tipificación del feminicidio entre las entidades federativas de México plantea un reto
significativo para la justicia equitativa. A pesar de los esfuerzos legislativos para proteger a las mujeres
de la violencia de género, las variaciones en la definición y las sanciones establecidas en los códigos
penales estatales han llevado a resultados desiguales en la administración de justicia. Esta fragmentación
dificulta no solo la comparación de datos entre estados, sino también la implementación de políticas
públicas efectivas y la coordinación entre las autoridades judiciales.
Los resultados reflejan la urgente necesidad de armonizar las leyes estatales con los estándares federales
y las recomendaciones internacionales, como las de la Convención de Belém do Pará. Esta armonización
podría garantizar una interpretación coherente del feminicidio y fortalecer el marco legal para enfrentar
la violencia de género de manera más efectiva. Además, la falta de un protocolo específico para la
tentativa de feminicidio destaca la necesidad de protocolos claros que aborden las particularidades de
este delito, incluyendo su prevención y sanción.
La investigación también resalta la importancia de capacitar a los operadores del sistema de justicia en
perspectiva de género. Esta capacitación es crucial para que las leyes se apliquen de manera efectiva y
para que se garantice una reparación integral del daño a las víctimas y sus familias. En última instancia,
la erradicación del feminicidio requiere un enfoque integral que combine la reforma legal con políticas
de prevención, educación, y apoyo a las víctimas, asegurando así una respuesta más justa y efectiva del
sistema de justicia en México.
CONCLUSIONES
La investigación sobre la reforma penal en materia de feminicidio en México, implementada en 2024,
destaca importantes avances y desafíos en la lucha contra la violencia de género. Esta reforma ha
introducido medidas significativas, como la incorporación de la perspectiva de género en todas las etapas
del proceso penal, el agravamiento de penas en casos específicos y la creación de fiscalías
especializadas. Sin embargo, los resultados indican que, a pesar de estos esfuerzos legislativos, la
aplicación del feminicidio sigue enfrentando serias deficiencias y desafíos estructurales.
La pregunta de investigación planteada, "¿Cómo han impactado las recientes reformas penales de 2024
sobre feminicidio en México en la reducción de la impunidad y en la protección de los derechos de las
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mujeres?", se responde a través del análisis de los resultados obtenidos. Si bien las reformas de 2024
han sido un paso importante para mejorar el marco legal y ofrecer herramientas para enfrentar el
feminicidio, su efectividad sigue limitada por factores como la falta de armonización de las leyes
estatales con los estándares federales e internacionales, así como la necesidad de protocolos claros para
la tentativa de feminicidio. La diversidad en la tipificación y sanción del feminicidio entre las entidades
federativas genera inconsistencias y afecta la equidad en la administración de justicia, lo cual subraya
la importancia de una reforma legal que unifique criterios y mejore la protección de las mujeres.
El objetivo general de esta investigación, que buscaba evaluar la efectividad de las reformas penales
sobre feminicidio implementadas en 2024 en México, se ha alcanzado mediante un análisis crítico que
identifica tanto los avances como las áreas de oportunidad. Los resultados revelan que, aunque la
reforma ha proporcionado un marco para la mejora, todavía persisten problemas significativos. La falta
de uniformidad y claridad en la definición de feminicidio a nivel estatal continúa siendo un obstáculo
para su correcta aplicación, lo que se traduce en impunidad y una insuficiente protección de los derechos
de las mujeres. Además, se observa una necesidad urgente de capacitar a los operadores del sistema de
justicia en perspectiva de género para garantizar una aplicación efectiva de las leyes.
El impacto de este proyecto se manifiesta en su capacidad para proporcionar un diagnóstico claro de los
desafíos actuales en la implementación de la reforma y en la formulación de recomendaciones prácticas
para mejorar las políticas públicas. Esto incluye la armonización legislativa, el desarrollo de protocolos
específicos para la tentativa de feminicidio, y una mayor capacitación de jueces y fiscales para manejar
estos casos con una comprensión más profunda de las dinámicas de género involucradas. Solo a través
de un enfoque integral que combine reformas legales con políticas de prevención, educación, y apoyo a
las víctimas se podrá asegurar una respuesta más efectiva y justa del sistema de justicia en México.
La reforma penal sobre feminicidio de 2024 en México representa un avance en la lucha contra la
violencia de género, pero su éxito depende en gran medida de la correcta implementación, armonización
y capacitación continua. La erradicación del feminicidio requiere no solo de un marco legal robusto,
sino también de un compromiso constante para mejorar la respuesta del sistema de justicia y proteger
de manera efectiva los derechos de las mujeres en el país.
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El artículo proporciona un análisis detallado del feminicidio en México, enfocado en la reforma penal
de 2024 y su implementación. Desde una perspectiva de derechos humanos y género, el feminicidio se
aborda como una violación extrema de los derechos humanos de las mujeres, evidenciando la persistente
desigualdad de género en el país. Esta investigación se alinea con las recomendaciones internacionales,
como la Convención de Belém do Pará y la CEDAW, que instan a los Estados a proteger a las mujeres
de la violencia basada en el género.
Los resultados del análisis subrayan la fragmentación en la tipificación y sanción del feminicidio en
diferentes estados, lo que genera inconsistencias en la aplicación de justicia. Esta situación evidencia
una falta de armonización legislativa y la necesidad urgente de protocolos específicos que garanticen la
adecuada tipificación e investigación del feminicidio, así como la reparación integral del daño a las
víctimas y sus familias. La investigación señala que, a pesar de las reformas, persiste una alta tasa de
impunidad debido a la falta de capacitación y sensibilidad en género de los operadores de justicia.
El enfoque de derechos humanos y perspectiva de género en este artículo enfatiza la importancia de
reconocer el feminicidio como un problema estructural y no solo penal. Sugiere que una respuesta
efectiva debe combinar reformas legales con políticas preventivas, educativas y de apoyo a las víctimas.
Este enfoque integral es crucial para avanzar hacia la justicia real y la protección efectiva de los derechos
de las mujeres en México.
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