MEDIDA COERCITIVA DE LA PRISIÓN
PREVENTIVA Y LA VIGILANCIA
ELECTRÓNICA DE LOS DETENIDOS
COERCIVE MEASURE OF PRETRIAL DETENTION AND
ELECTRONIC MONITORING OF DETAINEES
Lizeth Paquita Levy Barrera
Universidad César Vallejo
Luis Enrique Riqueros Moran
Universidad César Vallejo
Roció Elizabeth Cambar Mallqui
Centro de Altos Estudios Nacionales
Jorge Luis Balbin Arias
Universidad Nacional Mayor de San Marcos

pág. 11956
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i1.16767
Medida coercitiva de la prisión preventiva y la vigilancia electrónica de los
detenidos
Lizeth Paquita Levy Barrera1
llevyb@ucvvirtual.edu.pe
https://orcid.org/0000-0002-4485-0889
Universidad César Vallejo
Perú
Luis Enrique Riqueros Moran
leriquerosm@ucvvirtual.edu.pe
https://orcid.org/0009-0006-4538-0520
Universidad César Vallejo
Perú
Roció Elizabeth Cambar Mallqui
rcambarm@ucvvirtual.edu.pe
https://orcid.org/0000-0002-6575-6269
Centro de Altos Estudios Nacionales
Perú
Jorge Luis Balbin Arias
jorge.balbin@unmsm.edu.pe
https://orcid.org/0000-0002-9601-0427
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Perú
RESUMEN
El objetivo Principal de esta investigación fue analizar si la vigilancia electrónica se convierte en la
alternativa frente a la excesiva aplicación de la prisión preventiva contra los detenidos, para ello se
utilizó una metodología deductiva con enfoque cualitativo, del tipo básico y diseño de teoría
fundamentada, comprendiendo la aplicación de la entrevista y guía documental, obteniendo como
resultado, que la Ley N.º 29499 que introdujo la vigilancia electrónica como una alternativa a la prisión
preventiva y a otras medidas restrictivas de la libertad que son altamente agresivas, ha establecido al
monitoreo electrónico como un mecanismo bastante efectivo para reducir y contrarrestar el
hacinamiento en las cárceles y sobre todo útil para las personas procesadas que todavía no tienen una
sentencia firme, concluyendo que este mecanismo se reafirma como una opción jurídicamente válida y
eficaz frente al excesivo uso de la prisión preventiva en vista que es una medida menos restrictiva que
la sanción punitiva temporal: permite mantener un control judicial adecuado sobre los procesados sin
recurrir al encarcelamiento físico.
Palabras clave: centros penitenciarios, hacinamiento, detenidos, prisión preventiva, vigilancia
electrónica
1 Autor principal.
Correspondencia: llevyb@ucvvirtual.edu.pe

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Coercive measure of pretrial detention and electronic monitoring of
detainees
ABSTRACT
The main objective of this research was to analyze whether electronic surveillance becomes an
alternative to the excessive use of preventive detention against detainees. To do this, a deductive
methodology with a qualitative approach, of the basic type and grounded theory design, was used,
including the application of the interview and documentary guide, obtaining as a result that Law No.
29499, which introduced electronic surveillance as an alternative to preventive detention and other
restrictive freedom measures that are highly aggressive, has established electronic monitoring as a fairly
effective mechanism to reduce and counteract overcrowding in prisons and above all useful for those on
trial who do not yet have a final sentence, concluding that this mechanism is reaffirmed as a legally
valid and effective option against the excessive use of preventive detention since it is a less restrictive
measure than temporary punitive sanctions: it allows maintaining adequate judicial control over the
defendants without resorting to physical imprisonment.
Keywords: penitentiary centers; overcrowding; detainees; preventive detention; electronic surveillance
Artículo recibido 08 enero 2025
Aceptado para publicación: 13 febrero 2025

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INTRODUCCIÓN
El presente estudio ha abordado, el uso excesivo de la prisión preventiva en el Perú, y como este ha
venido causando una crisis seria en el sistema penitenciario que está siendo caracterizada por un
hacinamiento extremo y además una vulneración de derechos humanos fundamentales: todo ello
acompañado de un deterioro significativo en las condiciones de vida dentro de los centros penitenciarios
(Pulache, 2023): esta medida coercitiva que en teoría debería ser algo excepcional y aplicarse solamente
cuando se cumplan criterios normativos legales específicos, se ha vuelto una práctica rutinaria que
desnaturaliza completamente su propósito y va en contra de los principios básicos del derecho penal de
última ratio y proporcionalidad (Guzmán, 2021).
Frente a este panorama, la vigilancia electrónica ha aparecido como una alternativa que resulta ser menos
lesiva y más viable, ya que puede disminuir el impacto de la prisión preventiva en los derechos
fundamentales, como lo son la libertad y la presunción de inocencia, al mismo tiempo que cautela la
seguridad pública mientras el proceso penal sigue su curso normal (Milla, 2021): sin embargo, aunque
la vigilancia electrónica fue introducida con la Ley N.º 29499 por el Congreso de la República (2010) y
ampliada mediante el Decreto Legislativo N.º 1322 en el 2017, su implementación todavía sigue siendo
marginal porque según el Instituto Nacional Penitenciario hasta marzo de 2024 solamente 34 personas
han sido beneficiadas con esta medida: esto demuestra claramente que hay una falta evidente de
compromiso por parte de los operadores de justicia para priorizar esta opción como una alternativa
efectiva.
Según Zapatier (2020) junto a Luque y Arias (2021) coincidieron en que la desmedida aplicación de la
prisión preventiva viene representando una transgresión grave de los derechos fundamentales, además
de que deteriora el principio de presunción de inocencia: no solo en el Perú, sino también en otras
regiones de América Latina se han identificado patrones similares de abuso como el caso de Guatemala
donde la tasa de prisión preventiva alcanza un 38.19% mientras la ocupación en las cárceles llega a un
339% de su capacidad total (Sistema Penitenciario de Guatemala (2024): en Brasil, por otro lado, se ha
intentado implementar el monitoreo electrónico como una respuesta al colapso de las cárceles aunque
esto enfrenta serios desafíos operativos además de desigualdades estructurales (Campello (2023): en
Europa experiencias en países como España y el Reino Unido han demostrado que la vigilancia

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electrónica puede ser una herramienta efectiva para reducir tanto el hacinamiento como fomentar la
reintegración social (Granja y Gomes (2024).
Los estudios realizados por Sánchez (2023) y Pareja (2024) resaltaron que la aplicación abusiva de la
prisión preventiva pone en evidencia una falta de objetividad que parece persistir en el Ministerio
Público al mismo tiempo que revela una inclinación hacia un populismo penal que termina
contribuyendo de manera directa al colapso del sistema carcelario peruano: estos problemas se ven
agravados aún más debido a la escasa capacitación que tienen los operadores de justicia con relación a
medidas alternativas como la vigilancia electrónica a pesar de que esta alternativa tiene un alto potencial
para optimizar recursos proteger derechos fundamentales y además reducir los costos públicos que son
cada vez más insostenibles.
La presente investigación se ha desarrollado dentro del marco de la Agenda 2030 junto al Objetivo de
Desarrollo Sostenible número 16 que busca fomentar la justicia y además trabajar en la construcción de
instituciones sólidas y confiables (United Nations, 2023): el propósito principal de este estudio es
analizar la vigilancia electrónica como una alternativa viable frente al uso excesivo de la prisión
preventiva, considerando su impacto tanto en el hacinamiento penitenciario como en la protección de
derechos fundamentales y también en la disminución del gasto público que genera un sistema
penitenciario en crisis.
Para ello, se han formulado las siguientes interrogantes: como problema general: ¿De qué forma la
vigilancia electrónica se convierte en la alternativa frente a la excesiva aplicación de la prisión
preventiva?, como primer problema específico ¿De qué manera la vigilancia electrónica reduce el
hacinamiento penitenciario, debido a la desmedida aplicación de la prisión preventiva?, como segundo
problema específico ¿De qué forma la vigilancia electrónica coadyuva a la protección de derechos
fundamentales vulnerados debido a la desmedida aplicación de la prisión preventiva?, como tercer
problema específico ¿De qué manera la vigilancia electrónica reduce el gasto público?
Ante esta problemática, se han formulado los siguientes Objetivos: Como objetivo general; Analizar si
la vigilancia electrónica se convierte en la alternativa frente a la excesiva aplicación de la prisión
preventiva, como primer objetivo específico: Explicar si la vigilancia electrónica permite reducir el
hacinamiento penitenciario, debido a la desmedida aplicación de la prisión preventiva, como segundo

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objetivo específico: Establecer si la vigilancia electrónica coadyuva a la protección de derechos
fundamentales vulnerados debido a la desmedida aplicación de la prisión preventiva, como tercer
objetivo específico: Explicar si la vigilancia electrónica reduce el gasto público.
Además, se considera justificada la investigación, porque no solo aporta al análisis teórico de la prisión
preventiva y la vigilancia electrónica, sino, que también propone soluciones prácticas que pueden
contribuir al fortalecimiento de la justicia penal: desde una perspectiva metodológica se adopta un
enfoque cualitativo, hermenéutico y descriptivo al mismo tiempo lo cual permite analizar
profundamente las implicancias jurídicas sociales y económicas que están asociadas con estas medidas
y su implementación en el contexto actual.
En cuanto al marco normativo, este estudio se fundamenta en la respuesta que dio el Poder Legislativo
frente al abuso excesivo de la prisión preventiva y a sus efectos negativos, cuando promulgó la Ley N.º
29499 en el año 2010 con la que introdujo la vigilancia electrónica como una alternativa mucho menos
restrictiva: esta iniciativa fue luego reforzada por el Decreto Legislativo N.º 1322 en el 2017 y el Decreto
Legislativo N.º 1514 en el 2020 y el Decreto Legislativo 1585, con el objetivo principal de reducir el
hacinamiento y además garantizar la protección de los derechos fundamentales (Presidencia de la
República (2020) y (Presidencia de la República (2023): no obstante la aplicación de la vigilancia
electrónica todavía es extremadamente limitada, ya que según datos del Instituto Nacional Penitenciario
hasta marzo del 2024 únicamente 34 personas en todo el país han sido beneficiadas con este mecanismo
lo que refleja una implementación prácticamente marginal.
La doctrina penal representada por autores como Zaffaroni (1981) y Ferrajoli (1989) ha realizado duras
críticas al abuso de la prisión preventiva considerándola una forma de castigo anticipado que va en
contra del principio de presunción de inocencia al mismo tiempo que contradice otros principios
fundamentales como el de proporcionalidad: estas perspectivas resaltan que la prisión preventiva debería
ser una medida completamente excepcional y que únicamente debe aplicarse bajo criterios legales que
sean estrictos y bien fundamentados.
En el Perú las disposiciones legales del Nuevo Código Procesal Penal que están contenidas en los
artículos 268 al 285, establecen ciertos límites temporales para la aplicación de la prisión preventiva que
se suponen deberían ser estrictos: por ejemplo se contempla un plazo máximo de 9 meses para casos

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comunes mientras que para los delitos que son considerados complejos este plazo se amplía hasta los 18
meses y en los casos de crimen organizado puede llegar hasta los 36 meses (Presidencia de la República
del Perú 2024); sin embargo, en la práctica estas regulaciones no siempre se cumplen lo que ha llevado
a una situación en la que el hacinamiento en las cárceles persiste y las violaciones a los derechos
fundamentales son constantes y preocupantes (Corte Suprema de Justicia de la República (2019).
Por otro lado, la vigilancia electrónica surge como una herramienta innovadora que permite combinar
el control judicial con una forma de libertad relativa para el procesado: según Kirk (2024) el monitoreo
electrónico que se realiza a través de dispositivos GPS tiene la capacidad de reducir los impactos
negativos que el encarcelamiento genera y además facilita el proceso de reintegración social para las
personas que están en conflicto con la ley: en el Perú su implementación ha sido impulsada a través de
normativas como el Decreto Legislativo N.º 1322 el cual amplió el alcance de esta medida para incluir
casos relacionados con corrupción y delitos contra la administración pública mostrando así su potencial
como una alternativa menos lesiva.
Estudios internacionales han demostrado que la vigilancia electrónica no solo reduce significativamente
el hacinamiento carcelario, sino que también mejora de manera considerable las condiciones de vida de
los procesados tal como lo señala Pardini (2023): en países como España el uso de grilletes electrónicos
ha resultado ser una solución efectiva para proteger los derechos fundamentales de las personas
procesadas al mismo tiempo que evita la estigmatización social que generalmente está asociada al
encarcelamiento (Peña 2022).
A pesar del potencial que tiene la vigilancia electrónica su implementación enfrenta una serie de desafíos
que son económicos técnicos y también culturales: uno de los principales problemas es que el costo del
monitoreo recae directamente sobre el procesado lo que limita enormemente su accesibilidad para
aquellos que no tienen los recursos necesarios para asumir este gasto (Flores et al. 2022).: además existe
una evidente falta de capacitación entre los operadores de justicia lo cual dificulta que esta medida sea
adoptada de manera masiva y eficiente en el sistema judicial (Small 2022).
METODOLOGÍA
El presente estudio tiene un carácter puro o básico porque su finalidad principal es incrementar el
conocimiento dentro del ámbito jurídico especialmente en relación con la vigilancia electrónica que es

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vista como una alternativa mucho menos invasiva en comparación con la prisión preventiva: según
Ramos (2023) este tipo de investigación se clasifica como teórico-normativa debido a que busca
profundizar en la temática a través del análisis detallado de estudios científicos previos que sirven como
base para construir ideas sólidas y fundamentadas: en esta misma línea Acosta et al. (2021) destacan
que la investigación básica es fundamental porque contribuye al desarrollo de nuevas teorías en el
derecho respondiendo de manera efectiva a las demandas sociales actuales que exigen medidas más
humanas y menos restrictivas en el ámbito de la justicia penal.
La perspectiva sobre la vigilancia electrónica como una alternativa viable frente a la prisión preventiva
tiene un enfoque claro en la promoción y protección de los derechos fundamentales además de que
impulsa el diseño de políticas menos restrictivas para los procesados: por lo tanto, este tipo de
investigación no solo genera un conocimiento significativo para el ámbito jurídico, sino que también
responde directamente a las necesidades y retos sociales que se presentan en el contexto contemporáneo.
El enfoque cualitativo adoptado en este estudio se centra en lograr una comprensión profunda de los
fenómenos jurídicos mediante el uso de herramientas no numéricas como las entrevistas y las técnicas
de observación tal como lo señalan (Alamri 2019) y (Espinoza 2020): este enfoque es descrito por Mata
(2019) como inductivo y holístico lo que permite analizar de manera integral y detallada alternativa
como la vigilancia electrónica que buscan proteger los derechos fundamentales frente a los problemas
que genera la aplicación excesiva de la prisión preventiva: además Sánchez (2019) enfatizó que el
enfoque cualitativo tiene la ventaja de evitar simplificaciones numéricas al garantizar un análisis
exhaustivo y contextualizado.
El diseño de investigación adoptado en este estudio es el de teoría fundamentada el cual resulta ser
particularmente adecuado para describir e interpretar información cualitativa: según Fuster (2019) este
diseño tiene un alto valor educativo y una gran flexibilidad lo que lo convierte en una herramienta idónea
para construir teorías coherentes basadas en datos cualitativos y análisis profundos: Balbin (2024)
también resalta que este enfoque tiene una capacidad notable para desarrollar nuevas perspectivas
jurídicas como por ejemplo el uso de la vigilancia electrónica para prevenir la vulneración de derechos
fundamentales y así aportar soluciones significativas en el ámbito de la justicia penal.
En este estudio se utilizaron entrevistas semiestructuradas las cuales son consideradas fundamentales

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para explorar tanto las percepciones como las experiencias de los participantes según lo señalado por
(Alegre 2022) y (Ortega 2023): este instrumento permitió llevar a cabo un análisis que no solo fue
profundo sino también contextualizado de los materiales obtenidos lo que aportó una comprensión más
rica y detallada sobre el tema en cuestión (Sánchez et al. 2021).
Ambos instrumentos empleados dentro de esta investigación fueron validados previamente por expertos
en la materia lo cual asegura una rigurosidad metodológica que fortalece la credibilidad de los resultados
obtenidos (Herrera et al. 2022): este proceso de validación garantiza que las herramientas utilizadas
cumplieran con los estándares necesarios para la recopilación de datos confiables y relevantes.
El método de la hermenéutica jurídica fue utilizado como una estrategia clave para interpretar los datos
cualitativos de manera exhaustiva permitiendo así la construcción de nuevo conocimiento en el ámbito
jurídico tal como lo menciona Borjas (2021): esta metodología ofreció un enfoque interpretativo que
resulta esencial para abordar temas complejos relacionados con la justicia penal y sus implicancias
sociales. Además, se implementó la triangulación de información mediante el análisis cruzado de
documentos entrevistas e investigaciones previas lo cual garantizó tanto la fiabilidad como la validez de
los resultados obtenidos tal y como lo destacan (Quintana y Hermida, 2019).
El estudio cumplió con principios éticos fundamentales que son indispensables para cualquier
investigación de calidad: se aseguró el consentimiento informado de los participantes además de la
confidencialidad de sus datos en concordancia con el Código de Ética de la (Universidad César Vallejo
2022): también se utilizó software antiplagio para garantizar la originalidad del trabajo y se siguieron
rigurosamente las normas de la APA en su 7.ª edición para la presentación y citación de los contenidos.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
La vigilancia electrónica como alternativa frente a la excesiva aplicación de la prisión preventiva
La vigilancia electrónica surge como una alternativa altamente efectiva frente al uso excesivo de la
prisión preventiva ya que se alinea con el marco teórico garantista desarrollado por Ferrajoli (1989)
quien argumenta que la prisión preventiva cuando se aplica de manera desproporcionada se convierte
en una forma de castigo anticipado que vulnera principios fundamentales como el de la presunción de
inocencia y el de proporcionalidad: este sistema ofrece una opción para controlar a los acusados sin
necesidad de encarcelarlos lo cual ayuda a reducir el impacto negativo que genera el hacinamiento

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penitenciario además de promover un sistema judicial que sea más humano y respetuoso con los
derechos fundamentales.
Los expertos entrevistados junto con decisiones judiciales recientes tales como las emitidas por las Salas
Penales de Apelaciones de Lima Norte en los Expedientes N.° 00656-2023-3-0905-JR-PE-02 y N.°
00272-2023-4-0903-JR-PE-02 han reforzado la idea de que la vigilancia electrónica es una medida
menos invasiva que además resulta eficaz para garantizar tanto la comparecencia de los procesados
como el respeto de sus derechos fundamentales: este mecanismo ha recibido respaldo normativo a través
de decretos como el Decreto Legislativo N.º 1322 y el Decreto Legislativo N.º 1514 que establecen un
monitoreo proporcional y que es supervisado directamente por el Instituto Nacional Penitenciario
(INPE) junto al Estado para asegurar su correcta aplicación.
Autores como Ollivon (2023) y Campello (2023) destacan que uno de los principales beneficios de la
vigilancia electrónica es que permite a los procesados mantener su vida cotidiana evitando así los efectos
criminógenos y deshumanizantes que son propios del encarcelamiento tradicional: sin embargo,
Youngers y Giacomello (2022) advierten que este sistema también tiene el potencial de ser
contraproducente en contextos de vulnerabilidad social, ya que podría exacerbar problemas como la
discriminación exclusión y desigualdad económica: un ejemplo claro de esto es el caso de una mujer
zapoteca en México que demuestra que si el monitoreo electrónico no se diseña con un enfoque
equitativo puede perpetuar las mismas desigualdades que busca solucionar.
En este sentido aunque la vigilancia electrónica es una herramienta prometedora para el sistema de
justicia su éxito depende en gran medida de un diseño que logre minimizar los impactos negativos al
mismo tiempo que maximice la protección de los derechos humanos y fomente la reintegración social
de los procesados: esto implica que su implementación debe considerar tanto el contexto social como
las condiciones económicas de las personas sujetas a este mecanismo para evitar que se convierta en
una nueva forma de exclusión o castigo desproporcionado.

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La vigilancia electrónica reduce el hacinamiento penitenciario, debido a la desmedida aplicación
de la prisión preventiva.
La vigilancia electrónica se presenta como una alternativa eficaz para enfrentar el problema del
hacinamiento penitenciario, ya que ofrece una solución menos restrictiva frente al abuso sistemático de
la prisión preventiva la cual según Zaffaroni (1981) tiende a convertirse en una forma de castigo
anticipado que vulnera derechos fundamentales tales como la presunción de inocencia y la
proporcionalidad: esta medida que está fundamentada en principios garantistas permite que los
procesados cumplan restricciones legales fuera del entorno carcelario lo cual no solo alivia la saturación
del sistema penitenciario, sino que también reduce los efectos criminógenos asociados con el
encarcelamiento prolongado que muchas veces deshumaniza a quienes están privados de su libertad.
Los entrevistados consultados en el marco de esta investigación coincidieron en que la vigilancia
electrónica regulada en el Perú a través de los Decretos Legislativos N.º 1322 1514 y 1585 constituye
una opción tanto humanitaria como económica especialmente para los imputados que representan menor
peligrosidad, ya que respeta el principio de mínima intervención del derecho penal al evitar medidas
más severas cuando no son necesarias: además la jurisprudencia peruana tal como se observa en el fallo
del Tribunal Constitucional en el Expediente N.º 05436-2014-PHC/TC enfatiza la importancia de esta
medida al buscar un equilibrio entre la seguridad pública y los derechos fundamentales de las personas
procesadas.
Investigaciones realizadas por Granja y Gomes (2024) así como por Kirk (2021) han destacado diversos
beneficios tanto sociales como económicos que ofrece la vigilancia electrónica incluyendo una
disminución notable en los índices de reincidencia y un ahorro significativo en los costos asociados al
mantenimiento del sistema penitenciario: sin embargo, estudios como los de Berry y Berry (2024) junto
a Richter et al. (2021) advierten sobre el riesgo de que esta medida sea percibida como una extensión
del control punitivo si no cuenta con una regulación adecuada lo cual podría comprometer su propósito
original que es la rehabilitación y protección de derechos.
Adicionalmente informes como el de la Procuraduría General de la Nación en Colombia (2024) han
señalado varias fallas técnicas además de una insuficiencia de protocolos claros y carencias
presupuestarias que afectan la efectividad de la vigilancia electrónica como herramienta dentro de los

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sistemas de justicia: por ello para maximizar su impacto es crucial implementar este mecanismo bajo
principios de proporcionalidad con recursos adecuados y una supervisión especializada que garantice su
funcionamiento óptimo y su alineación con objetivos humanitarios y rehabilitadores.
De esta manera la vigilancia electrónica puede consolidarse como una herramienta esencial dentro de
sistemas penales que enfrentan crisis estructurales ofreciendo no solo una solución práctica sino también
un enfoque que respeta los derechos humanos y promueve la eficiencia en la administración de justicia.
La vigilancia electrónica coadyuva a la protección de derechos fundamentales vulnerados debido
a la desmedida aplicación de la prisión preventiva
La vigilancia electrónica se ha consolidado como una herramienta esencial para la protección de los
derechos fundamentales de las personas procesadas ya que se alinea directamente con la teoría del deber
del Estado planteada por Trujillo y Silva (2021): estos autores sostienen que el Estado tiene la
responsabilidad ineludible de garantizar el respeto pleno de los derechos inherentes a todas las personas
incluso en el marco de un proceso penal lo que incluye principios fundamentales como la presunción de
inocencia la integridad tanto física como psicológica y el debido proceso: de acuerdo con el análisis de
los datos obtenidos y las opiniones de los entrevistados se puede identificar un consenso en el hecho de
que la vigilancia electrónica constituye una alternativa que es mucho más humanitaria y menos punitiva
en comparación con la prisión preventiva porque respeta principios esenciales como la proporcionalidad
la dignidad humana y la reintegración social de los procesados.
Tanto los entrevistados como organismos internacionales como las Naciones Unidas han enfatizado que
la efectividad de la vigilancia electrónica está profundamente condicionada por la necesidad de una
supervisión estricta y la disposición de recursos suficientes que permitan garantizar el cumplimiento de
estándares internacionales además del respeto irrestricto de los derechos fundamentales de las personas
sometidas a esta medida.
Autores como Zapatier (2020) Suárez (2020) y Luque y Arias (2021) coinciden en que la vigilancia
electrónica representa una alternativa válida frente al abuso desproporcionado de la prisión preventiva
la cual vulnera de manera evidente el principio de presunción de inocencia y además se convierte muchas
veces en una forma de pena anticipada: estos autores señalan que la vigilancia electrónica no solo tiene
el potencial de reducir el hacinamiento penitenciario, sino que también facilita de manera significativa

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el proceso de resocialización de los procesados y asegura que las medidas cautelares sean proporcionales
a la gravedad del caso lo cual contribuye a un sistema judicial más justo y equilibrado.
Todos estos autores coinciden en que el Estado tiene la obligación de encontrar un balance adecuado
entre la seguridad procesal y la protección de los derechos fundamentales: al mismo tiempo advierten
que la vigilancia electrónica debe ser implementada con rigurosidad para evitar que se convierta en una
simple extensión del control punitivo lo cual iría en contra de sus objetivos principales. Este enfoque se
refuerza con la idea de que un sistema penal que esté orientado hacia la rehabilitación y la justicia
restaurativa puede beneficiarse ampliamente del uso de la vigilancia electrónica logrando transformar
el sistema de justicia penal en uno que sea más justo más humano y más respetuoso con los derechos
humanos.
Sin embargo, la efectividad de la vigilancia electrónica depende en gran medida de la implementación
adecuada de medidas complementarias y de una vigilancia estricta que permita maximizar los beneficios
potenciales de esta alternativa: es decir que para que la vigilancia electrónica alcance su máximo impacto
es necesario que su diseño contemple no solo los aspectos técnicos y operativos sino también las
condiciones sociales y económicas de los procesados asegurando que la medida sea accesible equitativa
y verdaderamente rehabilitadora.
La vigilancia electrónica reduce el gasto público
La vigilancia electrónica se ha consolidado como una medida efectiva para reducir el gasto público
relacionado con el sistema penitenciario porque alivia las cargas económicas asociadas al
mantenimiento de las cárceles las cuales incluyen gastos elevados en alimentación servicios de salud
seguridad y programas de rehabilitación: según Flores et al. (2022) estos costos operativos han
aumentado de manera desproporcionada debido al uso excesivo de la prisión preventiva que ha
incrementado significativamente la población carcelaria y, por lo tanto, las exigencias presupuestarias
del sistema penitenciario: en este contexto la vigilancia electrónica aparece como una alternativa que
permite disminuir dichos costos al reducir la sobrepoblación penitenciaria al mismo tiempo que
posibilita redirigir recursos hacia sectores prioritarios como la salud y la educación.
Los entrevistados consultados reforzaron este argumento al señalar que la vigilancia electrónica requiere
menos recursos humanos logísticos y de seguridad en comparación con el encarcelamiento tradicional

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ya que los procesados cumplen con las restricciones desde sus domicilios lo que implica que ellos
mismos asumen sus propios gastos básicos: este modelo contribuye a una gestión estatal más eficiente
al permitir que el Estado reduzca su inversión en infraestructura penitenciaria sin comprometer la
seguridad pública o el debido proceso: además el Acuerdo Plenario N.° 02-2019/CJ-116 emitido por la
Corte Suprema respalda esta medida como una opción sostenible y accesible frente a los altos costos del
encarcelamiento convencional.
La literatura existente también respalda esta postura: autores como Small (2022) y Carreón (2022) han
destacado que la vigilancia electrónica no solo tiene el beneficio de reducir costos sino que también
facilita la reintegración social de los procesados que aún no tienen una condena firme permitiéndoles
mantener vínculos sociales y laborales que de otro modo se perderían durante el encarcelamiento: Granja
y Gomes (2024) por su parte han evidenciado el éxito de este mecanismo en países como Inglaterra y
Portugal donde ha logrado disminuir tanto la población carcelaria como los índices de reincidencia lo
que demuestra que esta medida tiene el potencial de contribuir de manera significativa a un sistema
penal más eficiente.
Además, Kirk (2024) señaló que la vigilancia electrónica optimiza el uso de los recursos financieros del
Estado al mismo tiempo que mitiga los efectos negativos del encarcelamiento sobre los procesados y
sus familias quienes suelen enfrentar un impacto emocional y económico severo cuando uno de sus
miembros es encarcelado: sin embargo, estudios como los de Youngers y Giacomello (2022) han
advertido que este mecanismo puede intensificar las desigualdades estructurales en comunidades
vulnerables donde la vigilancia electrónica ha generado casos de exclusión social y discriminación
debido a la falta de un enfoque inclusivo en su implementación.
Estos desafíos resaltan la importancia de adoptar políticas que sean inclusivas y equitativas para
maximizar los beneficios de la vigilancia electrónica: un enfoque integral que combine la supervisión
adecuada con medidas sociales complementarias puede convertir esta herramienta en una opción
sostenible justa y verdaderamente humanitaria dentro del sistema penal al garantizar no solo la eficiencia
económica sino también el respeto de los derechos fundamentales de las personas procesadas.
CONCLUSIONES
La vigilancia electrónica se reafirma como una opción jurídicamente válida y eficaz frente al excesivo

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uso de la prisión preventiva en vista que es menos restrictiva que la sanción punitiva temporal: permite
mantener un control judicial adecuado sobre los procesados sin recurrir al encarcelamiento físico: esta
medida pone en primer plano el mecanismo menos lesivo buscando equilibrar de manera justa las
necesidades del sistema de justicia penal con el respeto y la protección de los derechos fundamentales
de quienes están bajo proceso penal. Asimismo este mecanismo también conocido como monitoreo
electrónico es una solución apropiada para disminuir el hacinamiento en las cárceles: evita que los
procesados sin una sentencia firme sean ingresados de forma innecesaria a las prisiones: con esto se
logra descongestionar los establecimientos penitenciarios que ya están sobrepoblados y se ayuda a
reducir las condiciones negativas y adversas que son propias del encarcelamiento masivo. ya que con
este sistema los procesados pueden quedarse en sus hogares, con restricciones sin necesidad de padecer
en un centro penitenciario, que ya tiene demasiada gente lo cual aumenta las condiciones paupérrimas
dentro de esos penales
Por otro lado, la vigilancia electrónica brinda una protección significativa a los derechos fundamentales
de los procesados, reduce la vulneración de garantías esenciales como la presunción de inocencia y la
dignidad humana: esto es posible porque somete a los procesados bajo monitoreo electrónico mientras
se garantiza que cumplan con sus obligaciones judiciales de manera efectiva, con lo cual se permite que
los procesados sean tratados como inocentes hasta que se demuestre lo contrario, denotándose un
proceso justo y proporcional además de que ayuda a proteger la dignidad como personas evitando que
sufran los efectos malos del encierro como separarse de sus familias sufrir problemas psicológicos o
vivir en condiciones que son inhumanas, finalmente la implementación de la vigilancia electrónica
permite optimizar el gasto público para los centros penitenciarios, esta medida es menos costosa para el
Estado en comparación con los gastos que implican mantener a los procesados en centros penitenciarios:
de esta forma se logra maximizar los recursos disponibles para el sistema de justicia penal haciéndolo
más eficiente y sostenible en el tiempo. Dejando de gastar en procesados con prisión preventiva,
permitiendo usar esos recursos en otros aspectos importantes como mejorar la educación o la salud de
las personas.

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