EL MARCO DE LA NUEVA LEY 32130 Y SUS
MODIFICACIONES EN LA INVESTIGACIÓN
PENAL Y FUNCIÓN DE LA POLICÍA EN LOS
DISTRITOS DEL CALLAO 2023-2024
THE FRAMEWORK OF THE NEW LAW 32130 AND ITS
MODIFICATIONS IN CRIMINAL INVESTIGATION AND THE
ROLE OF THE POLICE IN THE DISTRICTS OF CALLAO 2023-
2024
Karen Rosario Alfaro Soto
Universidad Nacional Federico Villarreal - Perú

pág. 5163
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v9i1.17282
El marco de la Nueva Ley 32130 y sus modificaciones en la investigación
penal y función de la policía en los Distritos del Callao 2023-2024
Karen Rosario Alfaro Soto 1
alfarorosario2025@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0009-8284-1009
Universidad Nacional Federico Villarreal – UNFV
Escuela Universitaria de Posgrado – EUPG
Lima – Perú
RESUMEN
La presente investigación tuvo como objetivo comprobar la correlación entre la Ley 32130 y la función
de la Policía Nacional del Perú (PNP) en los distritos del Callao durante el periodo 2023-2024. Se analizó
cómo la PNP aplica estrategias alineadas con esta nueva ley para enfrentar la creciente peligrosidad
delictiva, promoviendo el trabajo colaborativo entre el Estado y la comunidad. El estudio se desarrolló
bajo un enfoque cuantitativo, de tipo básico, con nivel explicativo y descriptivo, utilizando un diseño
transversal y no experimental. La población estuvo conformada por 125 personas, incluyendo policías,
representantes del Ministerio Público y ciudadanos. La muestra fue de 95 encuestados. En los resultados,
un 49% de los participantes respondió "de acuerdo" con respecto a la variable de la nueva ley, mientras
que un 48% indicó estar "totalmente de acuerdo" en relación con la función policial. Se concluye que la
Ley 32130 busca fortalecer la seguridad ciudadana mediante una mejor coordinación y eficiencia de las
fuerzas del orden, otorgando a la PNP un rol más activo y colaborativo, especialmente en zonas con alta
criminalidad como el Callao. Esto implica una participación más dinámica en las estrategias de
prevención e investigación del delito.
Palabras claves: la nueva ley 32130, investigación, penal, función, policía
1 Autor principal
Correspondencia: alfarorosario2025@hotmail.com

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The framework of the New Law 32130 and its modifications in criminal
investigation and the role of the police in the Districts of Callao 2023-2024
ABSTRACT
The objective of this research was to verify the correlation between Law 32130 and the function of the
National Police of Peru (PNP) in the districts of Callao during the period 2023-2024. It was analyzed
how the PNP applies strategies aligned with this new law to face the growing criminal dangerousness,
promoting collaborative work between the State and the community. The study was developed under a
quantitative, basic approach, with an explanatory and descriptive level, using a cross-sectional and non-
experimental design. The population was made up of 125 people, including police officers,
representatives of the Public Prosecutor's Office and citizens. The sample consisted of 95 respondents.
In the results, 49% of the participants answered "in agreement" with respect to the variable of the new
law, while 48% indicated that they "totally agree" in relation to the police function. It is concluded that
Law 32130 seeks to strengthen citizen security through a better.
Keywords: new law 32130, investigation, criminal, function, pólice
Artículo recibido 10 marzo 2025
Aceptado para publicación: 13 abríl 2025

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INTRODUCCIÓN
La nueva Ley 32130 y sus modificaciones en la investigación penal y la función de la Policía introducen
regulaciones fundamentales para mejorar las prácticas judiciales y policiales en el ámbito penal. Esta ley
modifica aspectos clave, como las técnicas de recolección de pruebas, los protocolos de intervención
policial y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos durante las investigaciones.
Entre los cambios más relevantes se encuentra la incorporación de nuevas tecnologías, como la
inteligencia artificial, bases de datos y cámaras de vigilancia, que optimizan la recopilación y análisis
de información.
Sin embargo, el uso de estas tecnologías también plantea importantes desafíos relacionados con la
privacidad y la protección de los derechos humanos. Por ello, la ley establece límites claros a la
intervención policial, garantizando que las investigaciones se desarrollen respetando plenamente los
derechos ciudadanos. Este marco busca equilibrar la eficiencia investigativa con el respeto a los
principios fundamentales del debido proceso y la legalidad.
Adicionalmente, la ley introduce protocolos más estrictos para la custodia de evidencias, con el fin de
asegurar que las pruebas recogidas durante las investigaciones sean válidas y legales dentro de los
procesos judiciales. Esta medida fortalece la transparencia, evita la manipulación de evidencias y
contribuye a una justicia más objetiva y confiable.
En cuanto a la función policial, la ley subraya la necesidad de un entrenamiento especializado, que
permita a los agentes adaptarse a las nuevas técnicas sin vulnerar
los principios legales ni los derechos fundamentales. Este enfoque promueve una Policía más
profesional, capaz de actuar eficazmente frente al delito, pero dentro de los márgenes establecidos por
la Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos.
La Ley 32130 representa un avance significativo en el marco legal que regula la investigación penal y
la función de la Policía Nacional del Perú. Esta norma tiene como propósito principal mejorar las
prácticas judiciales y policiales, estableciendo lineamientos que permitan un desarrollo más eficiente,
transparente y respetuoso de los derechos humanos en el ámbito penal. Entre sus principales aportes se
destacan la modificación de los procedimientos de recolección de pruebas, la actualización de los
protocolos de intervención policial y la consolidación de medidas que garanticen la protección de los

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derechos fundamentales de los ciudadanos en el transcurso de las investigaciones.
Uno de los elementos más innovadores que introduce esta ley es el uso de tecnologías avanzadas en los
procesos de investigación penal. La incorporación de herramientas como la inteligencia artificial, bases
de datos interconectadas y cámaras de vigilancia modernas permite mejorar la recopilación y el análisis
de información. Estas tecnologías ofrecen un acceso más rápido a datos relevantes y facilitan la toma de
decisiones durante las investigaciones. Además, incrementan la capacidad de la policía para anticipar o
identificar conductas delictivas, lo que contribuye a la prevención del crimen y a la eficacia del sistema
judicial.
No obstante, la implementación de estas tecnologías también trae consigo desafíos importantes,
especialmente en lo que respecta a la privacidad de las personas y al respeto por los derechos humanos.
La vigilancia constante, el almacenamiento de datos personales y el uso de inteligencia artificial
requieren de un marco normativo que limite posibles excesos o vulneraciones. En ese sentido, la Ley
32130 establece regulaciones específicas que delimitan las acciones de la Policía, garantizando que todo
procedimiento tecnológico respete el principio de legalidad, el debido proceso y los derechos
fundamentales reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales.
Una de las disposiciones más destacadas de esta ley es la creación de protocolos rigurosos para la
custodia de evidencias. Estos protocolos buscan asegurar que toda prueba recogida durante las
investigaciones mantenga su validez, legalidad y
autenticidad. De esta manera, se previene la manipulación, pérdida o contaminación de la evidencia, lo
cual es fundamental para el correcto desarrollo de los procesos judiciales. La correcta gestión de las
pruebas fortalece la transparencia del sistema penal, promueve una justicia más equitativa y disminuye
el riesgo de que se cometan errores o injusticias en los juicios.
Otro aspecto relevante de la Ley 32130 es la redefinición del rol que debe cumplir la Policía Nacional
del Perú dentro del nuevo modelo de investigación penal. La norma exige un nivel más alto de
profesionalización, lo cual implica que los agentes deben recibir una formación especializada y continua.
Este entrenamiento debe incluir el manejo adecuado de las nuevas tecnologías, la comprensión del marco
legal vigente y el desarrollo de habilidades éticas y humanas para actuar con respeto hacia los derechos
ciudadanos. De esta forma, la Policía estará mejor preparada para enfrentar los retos actuales en la lucha

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contra la criminalidad.
La ley también promueve una mayor coordinación entre las distintas instituciones del sistema de justicia,
como el Ministerio Público, el Poder Judicial y los cuerpos policiales. Esta cooperación
interinstitucional resulta clave para garantizar la eficacia de las investigaciones penales y para evitar
duplicidades o contradicciones en el manejo de los casos. El trabajo conjunto permite compartir
información en tiempo real, optimizar recursos y garantizar que cada institución cumpla su rol dentro
del marco legal y con pleno respeto por los derechos de las personas investigadas o víctimas de delitos.
En paralelo, la Ley 32130 subraya la importancia del control y la fiscalización de las actividades
policiales. El uso de tecnología no debe ser arbitrario ni discrecional, por lo que se exige un control
institucional adecuado que supervise el uso de estos recursos. Además, se promueve la rendición de
cuentas de los agentes policiales y el establecimiento de mecanismos que permitan a los ciudadanos
denunciar abusos o irregularidades en los procedimientos. Esta orientación busca reforzar la confianza de
la población en las autoridades y consolidar un sistema penal más justo y transparente.
La nueva ley también tiene un impacto significativo en los derechos procesales de los ciudadanos. Al
exigir un mayor respeto por las garantías constitucionales, como el derecho a la defensa, la presunción
de inocencia y el debido proceso, se fortalece el equilibrio entre las facultades del Estado y la
protección del individuo. Esto resulta
particularmente importante en contextos de alta conflictividad o en zonas con alto índice de
criminalidad, donde las actuaciones policiales suelen intensificarse y, en muchos casos, corren el riesgo
de incurrir en excesos o vulneraciones a los derechos humanos.
En conclusión, la Ley 32130 constituye un instrumento legal moderno y necesario que busca adaptar el
sistema de investigación penal del Perú a los desafíos del siglo XXI. Su enfoque combina la eficacia de
la tecnología con un firme compromiso por la legalidad y los derechos fundamentales. A través de la
actualización de protocolos, la incorporación de tecnología y el fortalecimiento del rol policial, esta
norma busca generar condiciones más justas, seguras y transparentes para el desarrollo de las
investigaciones penales en el país. No obstante, su éxito dependerá en gran medida de su adecuada
implementación, del compromiso institucional y del respeto irrestricto a los derechos humanos.
La reforma de la Ley N.º 32130 ha generado un profundo debate en torno a los roles y competencias del

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Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú (PNP) en el contexto de la investigación penal. El eje
central del conflicto radica en la delimitación de funciones, particularmente respecto a quién corresponde
el liderazgo en las acciones investigativas. Mientras el Ministerio Público mantiene la dirección jurídica
de las investigaciones, la Policía Nacional conserva la autonomía operativa para ejecutar diligencias, lo
cual, si no se aclara adecuadamente, puede generar fricciones y confusión.
Uno de los principales problemas identificados es la percepción equivocada de que el fiscal debe
participar activamente en la ejecución de operativos policiales. Si bien tiene la facultad de coordinar y
supervisar el respeto a la legalidad, no le corresponde diseñar ni dirigir acciones operativas específicas.
El rol del fiscal es esencialmente jurídico y supervisivo, garantizando que las intervenciones policiales
respeten los derechos fundamentales y se ajusten al debido proceso, pero sin interferir directamente en
la planificación táctica de la PNP.
Esta situación ha derivado en un aparente desplazamiento de la autonomía operativa de la Policía
Nacional, al interpretarse que esta debe seguir todas las directrices del Ministerio Público. En realidad,
la PNP cuenta con competencias propias para ejecutar sus estrategias, siempre dentro del marco del
proceso penal y en coordinación con el fiscal. Sin embargo, esa coordinación no debe confundirse con
subordinación total, ya que esto comprometería su capacidad de acción inmediata en situaciones de riesgo
o flagrancia delictiva.
Otro punto de conflicto es la posible duplicidad de funciones, particularmente en lo relacionado a las
diligencias preliminares. La ley señala que el Ministerio Público tiene la responsabilidad de dirigir
jurídicamente la investigación, pero esto no implica que deba orientar cada movimiento operativo de la
PNP. La policía, como órgano especializado, debe tener la libertad técnica y táctica de realizar actos de
investigación, mientras que el fiscal debe garantizar que estas acciones se realicen conforme al orden
legal, sin invadir el terreno operativo.
Asimismo, existe una falta de precisión en torno a la carga de la prueba. Aunque se afirma que el
Ministerio Público es responsable de presentar las pruebas, no se enfatiza lo suficiente que esta labor es
compartida con la Policía Nacional. La investigación penal es un esfuerzo conjunto, y ambas instituciones
tienen un rol activo en la recolección de evidencias. La ley debería subrayar que el éxito de una
investigación no depende únicamente del fiscal, sino de una cooperación efectiva entre ambos actores.

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En este marco, también se identifica una deficiencia en la definición de los límites de supervisión del
fiscal sobre las acciones policiales. Si bien es necesario que el fiscal valide que las diligencias se ajusten
a la legalidad, no debe pretender asumir un rol de control directo sobre cada acto operativo. Esta
ambigüedad puede debilitar la eficiencia investigativa y generar tensiones innecesarias entre las
instituciones, afectando la celeridad y eficacia del proceso penal.
Se reconoce que el Ministerio Público debe actuar con imparcialidad y objetividad durante el proceso
investigativo, supervisando la labor de la Policía Nacional. Sin embargo, se debe evitar que esta
supervisión derive en una intromisión operativa, ya que la función fiscal se enfoca en establecer la
responsabilidad penal a partir de pruebas obtenidas legalmente. La autonomía técnica de la PNP es
indispensable para actuar frente al delito de forma inmediata y efectiva, respetando siempre el marco
normativo vigente.
La ley también establece que las investigaciones llevadas a cabo por la PNP bajo la dirección del
Ministerio Público no tienen carácter jurisdiccional. Esto significa que el fiscal no puede emitir
decisiones con fuerza de sentencia ni sustituir la labor de un juez. En los casos en que se requiera una
medida de coerción o una autorización
especial, deberá solicitarse la intervención judicial correspondiente, respetando el principio de
separación de funciones en el proceso penal.
Otro aspecto importante es la imparcialidad de los operadores de justicia. El artículo 53 de la ley
establece causales de inhibición para jueces y fiscales cuando se ve comprometida su objetividad. Si un
fiscal o juez emite opiniones previas o brinda asesoría a una de las partes involucradas, su participación
en el caso puede verse afectada. Este principio busca preservar la equidad en el proceso judicial y
garantizar que las decisiones se tomen sin sesgos personales ni presiones externas.
La intervención de operadores contaminados por opiniones previas puede poner en riesgo la validez del
proceso penal, generando desconfianza entre las partes y en la ciudadanía. Por ello, es crucial que los
jueces y fiscales se abstengan de emitir juicios anticipados o involucrarse de manera personal con los
casos que deben resolver. El respeto a la imparcialidad es la base para un debido proceso y una justicia
efectiva y legítima, libre de influencias externas.
Finalmente, es necesario reforzar la capacitación tanto del personal del Ministerio Público como de la

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Policía Nacional, a fin de que comprendan claramente sus funciones y competencias en el marco de la
Ley N.º 32130. Una interpretación adecuada de la norma permitirá evitar duplicidades, tensiones
institucionales y conflictos de competencias que entorpezcan la persecución penal. Solo así se podrá
alcanzar un sistema de justicia eficaz, transparente y respetuoso de los derechos humanos y de las
garantías procesales.
En conclusión, si bien la Ley N.º 32130 busca fortalecer el proceso penal en el Perú, su aplicación
requiere una delimitación clara y precisa de los roles que deben cumplir el Ministerio Público y la Policía
Nacional. La coordinación efectiva entre ambas instituciones es clave para garantizar investigaciones
sólidas, pero es igualmente importante que cada una conserve su autonomía funcional, respetando el
principio de legalidad, la imparcialidad y el debido proceso como pilares fundamentales de la justicia
penal.
Los antecedentes son investigaciones previas relacionadas directamente con los objetivos del estudio en
curso. Estos trabajos anteriores aportan información útil para comprender el objeto de análisis de la
investigación actual. Por ejemplo, si el tema es el aborto, los antecedentes incluirán estudios previos
sobre ese fenómeno que ayuden a alcanzar los objetivos planteados. Aunque su estructura no
es
completamente rígida, varía según las normas de cada institución, que ofrecen lineamientos como guías
para la presentación de tesis y trabajos académicos. (García L. , 2025)
Los antecedentes Internacionales tenemos a los siguientes investigadores: Velásquez y León (2018), El
artículo “Representaciones sociales de un grupo de empleados públicos de la Institución Universitaria de
Envigado acerca de la institución de la Policía Nacional y las funciones del Policía” analiza cómo este
grupo social percibe a la institución policial. El objetivo fue explorar las representaciones sociales que
los empleados tienen sobre la Policía, especialmente en relación con su papel en la protección ciudadana,
el orden público y el trato igualitario. El estudio identificó tanto percepciones positivas, centradas en la
confianza y seguridad, como negativas, relacionadas con la corrupción y el abuso de poder.
Se aplicó un cuestionario a empleados públicos voluntarios, lo que permitió obtener una diversidad de
opiniones. Los resultados fueron clasificados en categorías como seguridad y corrupción. Mientras
algunos reconocieron la labor de la Policía como necesaria y efectiva, otros señalaron prácticas

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cuestionables que afectan la legitimidad institucional. Las representaciones sociales muestran así un
vínculo complejo entre ciudadanía e instituciones policiales.
Como conclusión, el estudio subraya que la imagen de la Policía está profundamente influenciada por su
comportamiento institucional y las experiencias ciudadanas. Las representaciones sociales no son
uniformes, y reflejan tensiones entre la función ideal del policía y la realidad percibida. Por ello, se
recomienda fortalecer la transparencia, la formación ética y el compromiso ciudadano para recuperar la
confianza pública y mejorar la relación entre la Policía y la sociedad.
Llanos-Rivas et al. (2018), en su artículo titulado “La eficacia de la policía estatal en México”, abordan
el análisis del desempeño de las fuerzas policiales a nivel estatal, enfocándose en cómo la estructura
organizativa y el desarrollo del recurso humano influyen en su efectividad. La investigación utiliza el
análisis causal multivariado para identificar los factores más relevantes que limitan la capacidad de
respuesta policial. Entre ellos se encuentran la escasez de agentes, la especialización deficiente, la
infiltración del crimen organizado, la negligencia institucional y la falta de lealtad dentro de los cuerpos
policiales.
Uno de los principales aportes del estudio es la creación de un índice de eficacia policial, basado en
variables como homicidios, vehículos robados recuperados, percepción de inseguridad y evaluación
ciudadana del desempeño policial. Este índice busca ser una herramienta cuantitativa útil para orientar
la toma de decisiones y el diseño de políticas públicas efectivas. No obstante, las corporaciones
policiales mexicanas aún enfrentan serias limitaciones para disminuir la percepción ciudadana de
inseguridad y alcanzar mejoras reales en su desempeño y efectividad, lo que revela la brecha entre teoría
y práctica.
El artículo resalta que la ciudadanía demanda con urgencia una mayor seguridad, lo que evidencia un
problema creciente que va más allá del ámbito policial y se convierte en un tema de salud pública. Esta
preocupación se agrava por el deterioro de la confianza de la población en las instituciones encargadas
del orden público. Según datos oficiales, la percepción negativa de los ciudadanos hacia las fuerzas
policiales ha aumentado en los últimos años, reflejando un sentimiento generalizado de inseguridad e
ineficiencia en la lucha contra el crimen. Por tanto, el estudio concluye que se requieren reformas
estructurales profundas y sostenidas para restaurar la legitimidad y credibilidad de las policías estatales.

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Llanos-Rivas et al. (2018), en su investigación “La eficacia de la policía estatal en México”, examinan
el desempeño de las fuerzas policiales estatales, considerando como factores determinantes su estructura
organizativa y el desarrollo del recurso humano. A través de un análisis causal multivariado, identifican
elementos críticos que afectan negativamente su eficiencia. Entre ellos destacan la falta de
especialización en funciones, la escasez de personal, la infiltración del crimen organizado en las
instituciones, así como la negligencia y la falta de lealtad por parte de los agentes policiales.
Uno de los principales aportes de esta investigación es la elaboración de un índice de eficacia policial,
compuesto por variables como el número de homicidios, los vehículos robados recuperados, la percepción
ciudadana de inseguridad y la evaluación del desempeño policial. Este índice pretende servir como una
herramienta de medición útil para orientar a los responsables de formular políticas públicas. No obstante,
los autores advierten que, a pesar de su potencial, las fuerzas policiales aún enfrentan serias limitaciones
para incrementar su efectividad y mejorar la percepción ciudadana sobre su labor.
El estudio subraya que la creciente exigencia de la ciudadanía por condiciones de mayor seguridad ha
convertido este problema en un asunto de salud pública. La inseguridad y la violencia generan un
ambiente de ansiedad social que deteriora el bienestar colectivo. Además, la pérdida de confianza en la
policía estatal, producto de múltiples casos de corrupción y abuso de autoridad, ha incrementado la
desconfianza de la sociedad hacia estas instituciones, debilitando su legitimidad frente a la población.
Finalmente, el artículo concluye que, para lograr una mejora real en la eficacia de las policías estatales,
es indispensable llevar a cabo reformas estructurales profundas. Estas deben enfocarse no solo en la
capacitación y profesionalización del personal, sino también en erradicar las prácticas corruptas y
fortalecer el vínculo entre la policía y la ciudadanía. Solo así será posible recuperar la credibilidad
institucional y garantizar un entorno más seguro. El índice propuesto puede representar un primer paso
para evaluar y rediseñar estrategias que fortalezcan la lucha contra la delincuencia en el contexto
mexicano actual.
Ruiz (2018), en su artículo "Proximidad policial y desigualdad social: una aproximación a la
construcción de la inseguridad en el centro de Madrid", analiza cómo la labor policial cercana se entrelaza
con la estructura social urbana y contribuye a moldear las percepciones sobre la seguridad. A partir de un
enfoque sociológico, sostiene que la proximidad policial no debe limitarse a una función represiva, sino

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que puede fortalecer el vínculo entre la comunidad y el Estado. El autor examina cómo las desigualdades
sociales influyen en los discursos ciudadanos sobre (in)seguridad.
La investigación se apoya en un estudio etnográfico que incluye entrevistas, observaciones y
acompañamiento a agentes en dos áreas urbanas con marcadas diferencias socioeconómicas. Se
evidencian contradicciones en el ejercicio policial, que reflejan las tensiones sociales del entorno. Como
conclusión, Ruiz subraya que psicologizar las percepciones de inseguridad es un error, ya que invisibiliza
las causas estructurales del problema, como la exclusión social y la falta de políticas públicas integrales.
Heredia y Ortiz (2019), en su investigación titulada "Análisis del cumplimiento de la pena y mecanismos
para la reinserción social en el Centro de Reclusión Especial de Facatativá de la Policía Nacional",
examinan la función de la pena en los procesos de resocialización y reintegración de los internos. El
estudio se centra en un centro
penitenciario particular, gestionado por la Policía Nacional, que alberga principalmente a miembros de
las fuerzas del orden condenados o bajo medidas de aseguramiento. La investigación pretende analizar
si las penas impuestas en este contexto contribuyen efectivamente a una rehabilitación real y duradera
de los internos.
A través del análisis de las dinámicas del centro, los autores evalúan la efectividad de los mecanismos de
resocialización implementados, considerando las particularidades de los reclusos que provienen de
instituciones encargadas de hacer cumplir la ley. El estudio plantea la necesidad de programas sólidos y
adecuados para asegurar que la reinserción de estos individuos sea posible, legítima y efectiva.
En cuanto a los antecedentes nacionales tenemos: Sánchez (2022), en su estudio “Desempeño de la
Policía Nacional del Perú en las etapas iniciales dentro del sistema acusatorio garantista adversarial en el
distrito judicial de Trujillo 2020 – 2021”, analiza el papel de la Policía en los primeros momentos del
proceso penal acusatorio. El trabajo se estructura en tres capítulos. El primero aborda teorías sobre la
pena, su función y los procesos de resocialización de los condenados, además de los fundamentos que
justifican el castigo ante la transgresión de normas penales. Este capítulo proporciona el marco
conceptual y jurídico necesario para comprender el tema.
El segundo capítulo presenta una revisión histórica del sistema penitenciario colombiano, con énfasis
en la evolución de las cárceles y los principales cambios en sus estructuras y funciones. En el tercer

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capítulo se detallan los hallazgos del trabajo de campo en el centro penitenciario especial de Facatativá,
administrado por la Policía Nacional. Las conclusiones destacan que, aunque existen esfuerzos por
mejorar la resocialización, aún persisten debilidades en su implementación efectiva, lo que limita el
cumplimiento de los fines de la pena.
Bernal (2010) destaca la creciente inseguridad y violencia en América Latina, acentuada por el abuso de
poder y las violaciones de derechos humanos por parte de las autoridades. Frente a esta situación, propone
replantear el rol de la policía desde una perspectiva de derechos humanos, promoviendo una ética
pública renovada. El estudio se basa en la teoría de los derechos humanos, evaluando si las prácticas
policiales cumplen con los principios establecidos en las constituciones nacionales y los acuerdos
internacionales.
La propuesta de Bernal se enfoca en fortalecer la prevención de violaciones de derechos humanos,
priorizando este enfoque sobre las medidas correctivas posteriores, como los sistemas de respuesta y
reparación. A través de un marco ético robusto, se busca mejorar la relación entre las fuerzas policiales
y la sociedad, garantizando el respeto a los derechos fundamentales. La investigación sugiere que
adoptar este enfoque preventivo puede contribuir a resolver los problemas fundamentales en el accionar
policial.
La investigación de Atencio (2023) analiza cómo las restricciones en el desempeño de la función policial
afectan el cumplimiento de las Medidas de Protección (MP) bajo la Ley 30364, específicamente en las
comisarías de Tacna. Utilizando un enfoque cuantitativo y un diseño correlacional, el estudio incluyó a
63 agentes seleccionados aleatoriamente de tres comisarías. Los resultados muestran una correlación
significativa entre las limitaciones operativas de la policía y el incumplimiento de las MP, con un p-
valor de 0.042, que indica una relación directa y significativa.
Además, la correlación positiva moderada (ρ = 0.257) sugiere que a medida que aumentan las
restricciones en la función policial, también lo hace el incumplimiento de las medidas de protección. En
conclusión, la investigación subraya que las limitaciones operativas impactan negativamente en el
cumplimiento de las MP, lo que resalta la necesidad de mejorar las condiciones de trabajo para los
agentes encargados de implementarlas, garantizando así el respeto a los derechos de las víctimas.
Este estudio se justifica teóricamente a partir del análisis de las doctrinas previas sobre la nueva Ley

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32130 y sus modificaciones en la investigación policial. Esta legislación otorga a la policía la facultad
de trabajar de manera conjunta con el Ministerio Público, lo que facilita un enfoque colaborativo para
combatir la criminalidad. La revisión teórica fue esencial para desarrollar un marco integral que permitió
comprender y abordar los desafíos de la seguridad pública. En conclusión, el estudio destaca la
importancia de la ley para mejorar la colaboración entre las instituciones y fortalecer la lucha contra la
criminalidad.
Esta investigación se justificó desde una perspectiva práctica, dado que su desarrollo ofrece la
oportunidad de implementar los mecanismos correctivos necesarios bajo el marco de la nueva ley 32130,
lo que asegura una interpretación y aplicación adecuada de las normas y sus modificaciones en el
contexto de la investigación penal,
específicamente en relación con la Policía. La justificación práctica tiene como objetivo salvaguardar
los derechos que han sido vulnerados o que están en riesgo de serlo, garantizando que no haya prejuicios
ni distinciones en el ejercicio de la función policial, conforme a lo establecido por la ley.
El estudio de Atencio (2023) analiza cómo las limitaciones en el desempeño de la Policía Nacional del
Perú afectan la implementación de las Medidas de Protección (MP) de la Ley 30364 en las comisarías de
Tacna durante 2021. Mediante un enfoque cuantitativo y diseño correlacional, se seleccionó una muestra
de 63 agentes. Los resultados mostraron una relación significativa entre las restricciones operativas y el
incumplimiento de las MP, con un p-valor de 0.042. En conclusión, la investigación destaca que las
limitaciones en el desempeño policial impactan negativamente en la efectividad de las medidas de
protección, sugiriendo la mejora de las condiciones laborales.
La Constitución de 1993 asigna al Ministerio Público un papel esencial en la investigación de delitos,
garantizando su autonomía para proteger la imparcialidad en su labor. El artículo 159° establece las
atribuciones de los fiscales, tanto en la fase de investigación como en la judicial. El inciso 4 detalla que
la Fiscalía debe dirigir la investigación penal, mientras que la Policía Nacional debe seguir sus
instrucciones. En conclusión, la Constitución resalta la independencia del Ministerio Público y su rol
clave en la investigación penal, asegurando que tanto la Fiscalía como la Policía trabajen dentro del
marco legal sin influencias externas.
El Código Procesal Penal, regulado por el Decreto Legislativo N° 957, busca alinear el proceso penal

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con los principios constitucionales. En sus artículos 60° y 61°, se establecen claramente las funciones
del Ministerio Público y la Policía Nacional en la persecución penal. La Ley N° 32130 introdujo
modificaciones orientadas a fortalecer el rol policial y agilizar los procedimientos. Sin embargo, estas
reformas deben analizarse bajo el enfoque de la Constitución y la realidad criminológica del país. El
autor concluye que, si bien se busca mayor eficacia, es esencial proteger los derechos fundamentales y
mantener el equilibrio procesal.
El artículo 321 del Código Procesal Penal (CPP) establece la importancia de la investigación
preparatoria en el proceso penal, dividiéndola en dos subetapas. La investigación preliminar es realizada
por la Policía Nacional del Perú bajo la dirección del Ministerio Público, mientras que la investigación
formalizada es dirigida por el
Ministerio Público con el apoyo de la Policía. Este marco normativo subraya el rol esencial del
Ministerio Público en la asesoría legal y la coordinación con la Policía Nacional. Los artículos 322 y
330 refuerzan esta colaboración, asegurando un proceso investigativo eficaz y coordinado entre ambas
instituciones. (Codigo Penal, 2024)
La formación continua de los agentes policiales es esencial para garantizar un desempeño eficaz y
respetuoso con los derechos humanos. Según Llana (2021), esta formación debe incluir capacitación
técnica, sensibilización en derechos humanos, enfoque intercultural y participación comunitaria. Estos
elementos permiten a los agentes actuar de manera ética, equitativa y efectiva, generando una influencia
positiva en la sociedad. La aplicación de principios de derechos humanos es clave para fortalecer la
confianza pública, fomentar el consenso y promover la justicia social. Asimismo, la incorporación de
enfoques interculturales previene prácticas discriminatorias y favorece una convivencia plural, inclusiva
y democrática. (Llana, 2021).
Tello (2024) sostiene que la relación entre la Policía Nacional y el Ministerio Público presenta tensiones
derivadas de visiones distintas en la lucha contra la criminalidad, lo que ha generado conflictos
operativos y posturas polarizadas. En medio del aumento de delitos graves como la extorsión, el sicariato
y el crimen organizado, se promulgó la Ley 32130, que otorga un rol técnico a la Policía en las
diligencias preliminares. Esta normativa busca reforzar la capacidad de respuesta policial, pero también
ha suscitado críticas, especialmente en cuanto a la coordinación institucional y la posible politización de

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sus funciones.
En resumen, la asignación y ejecución de las pericias en las investigaciones penales se realizan bajo una
estructura organizada, priorizando la colaboración de diversos organismos y entidades, asegurando
siempre el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos para garantizar la fiabilidad de las pruebas.
(Pasión por el Derecho, 2024)
Howell (1982) sostiene que el enfoque metodológico cuantitativo resulta adecuado para investigar
fenómenos medibles, como el desempeño policial bajo el marco de la Ley 32130. Este modelo,
ampliamente utilizado en las ciencias sociales y naturales, se basa en la recolección de datos numéricos
y su análisis estadístico, lo que permite identificar patrones, relaciones y conclusiones objetivas. Su
finalidad es minimizar la
influencia subjetiva del investigador, garantizando resultados replicables y fiables. En este sentido, el
método cuantitativo ofrece una base empírica y científica que favorece la comprensión de variables
específicas dentro del sistema de seguridad pública, fortaleciendo así la toma de decisiones.
García (2016) emplea un enfoque cuantitativo que permite abordar los problemas de investigación de
manera estructurada, precisa y objetiva. Este modelo sigue una secuencia lógica-deductiva: inicia con
una teoría, formula hipótesis, define conceptos de forma operativa, recolecta datos y culmina con el
análisis estadístico. Este procedimiento facilita una comprensión profunda del fenómeno estudiado y
proporciona resultados medibles, válidos y generalizables. Además, el enfoque cuantitativo, al ser
replicable, permite verificar la consistencia de los hallazgos en distintos contextos, lo que fortalece su
confiabilidad. En conclusión, este método es clave para obtener evidencia empírica sólida que sustente
decisiones y propuestas.
En una investigación, la población se refiere al conjunto total de individuos, elementos u objetos que
comparten características comunes y sobre los cuales se busca obtener información. Según Creswell
(2017), este grupo amplio es la base para extraer una muestra representativa que permita realizar
observaciones y generalizar los hallazgos. Definir con precisión la población es esencial, ya que de ello
depende la validez y confiabilidad del estudio. En resumen, la población constituye el universo sobre el
cual se centran los objetivos de la investigación y del cual se derivan las conclusiones generales.
Según Bernal (2010), la muestra es una fracción de la población seleccionada con el fin de recopilar los

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datos necesarios para el estudio. De acuerdo con Candia (2013), esta muestra representa un subgrupo
definido de la población objetivo y, en investigaciones de enfoque cuantitativo, debe ser representativa
para garantizar la validez de los resultados. El propósito es que los hallazgos obtenidos a partir de esta
muestra puedan generalizarse a toda la población, lo que requiere un adecuado proceso de muestreo y
un tamaño muestral pertinente. En esta investigación, la muestra estuvo conformada por 95 personas: 30
policías, 15 miembros del Ministerio Público y 50 ciudadanos, permitiendo así una visión integral del
fenómeno.
RESULTADOS
Los resultados obtenidos del análisis cuantitativo fueron presentados a través de tablas y figuras, los
cuales permitieron visualizar con claridad la magnitud y frecuencia
de las respuestas brindadas por los 95 encuestados vinculados a la Policía en los distritos del Callao,
durante el periodo 2023-2024.
Figura 1. Dimensión: Modificatorias de la Ley N° 32130
Nota: En la figura se puede observar que el 37% de los encuestados expresó estar "totalmente de
acuerdo" con las preguntas planteadas, mientras que el 49% se mostró "de acuerdo". En contraste, el 14%
de los participantes indicó estar "totalmente en desacuerdo". Estos resultados reflejan una tendencia
mayoritaria hacia el acuerdo con las afirmaciones, con una minoría significativa en desacuerdo.
Figura 1. Dimensión: Modificatoria de la Investigación Penal
En desacuerdo total 14%
13
De acuerdo 49%
47
Totalmente de acuedeo
0 10 20 30
37%
35
40 50 60
En desacuerdo total 11%
10
De acuerdo 37%
35
Totalmente de acuedeo 52%
50
0 10 20 30 40 50 60

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Nota: En la tabla se puede apreciar que un 52% de los encuestados expresó estar totalmente de acuerdo
con la afirmación, mientras que un 37% indicó estar de acuerdo. En contraste, un 11% manifestó estar
completamente en desacuerdo con la propuesta. Estos resultados reflejan una mayoría favorable hacia la
afirmación, con una minoría significativa que muestra desacuerdo total. La distribución sugiere una
opinión en su mayoría positiva, aunque también resalta una parte de la población con una postura
contraria.
Figura 2. Dimensión: El ejercicio de la función policial
Nota. En la figura se observa que el 48% de la población encuestada expresó estar totalmente de acuerdo
con la afirmación. Además, el 29% indicó estar de acuerdo, mientras que el 23% manifestó estar
totalmente en desacuerdo. Estos resultados indican una mayoría favorable hacia la afirmación, con una
proporción significativa que muestra desacuerdo total, lo que sugiere una diversidad de opiniones dentro
de la muestra.
Figura 3. Dimensión: Ejercicio Profesional de Policía
Nota. En la figura se muestra que el 49% de los encuestados expresó estar totalmente de acuerdo, mientras
que el 40% indicó estar de acuerdo. Solo el 11% de la población respondió estar totalmente en desacuerdo.
Estos resultados reflejan una tendencia mayoritaria favorable a la afirmación planteada, con una pequeña
En desacuerdo total 23%
22
De acuerdo 29%
27
Totalmente de acuedeo 48%
46
0 10 20 30 40 50 60
En desacuerdo total 11%
11
De acuerdo 40%
38
Totalmente de acuedeo 49%
46
0 10 20 30 40 50 60

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proporción de respuestas en desacuerdo total, lo que sugiere una opinión generalmente positiva entre
los participantes de la encuesta.
DISCUSIÓN
El análisis reveló una relación significativa entre la Ley 32130 y el desempeño policial en el Callao (2023-
2024), con una correlación positiva moderada (r = 0.989) y un valor de significancia bilateral de 0.01, lo
que permitió rechazar la hipótesis nula. En consecuencia, se aceptó la hipótesis alternativa, confirmando
el impacto normativo. De forma similar, Sánchez (2022) concluyó que la participación de la Policía
Nacional del Perú en Trujillo está limitada por el nuevo Código Procesal Penal, el cual exige que sus
intervenciones sigan la Constitución y estén bajo supervisión fiscal.
La hipótesis específica 1 evidenció que la Ley 32130 guarda una relación significativa con el ejercicio de
la función policial en el Callao (2023-2024), con una correlación positiva considerable (r = 0.979) y un
valor de significancia de 0.01, lo que llevó al rechazo de la hipótesis nula. En consonancia, Bernal (2019)
señala que los altos niveles de inseguridad y violencia en América Latina y el uso excesivo de la fuerza
exigen replantear el rol policial desde los derechos humanos, priorizando la prevención para evitar
vulneraciones y fortalecer la legitimidad institucional.
La hipótesis específica 2 confirmó una relación significativa entre la función policial y las
modificaciones de la Ley N.° 32130 en el Callao (2023-2024), con una correlación positiva destacada (r
= 0,978) y un valor de significancia de 0,01, motivo por el cual se rechazó la hipótesis nula. De forma
complementaria, Atencio (2023) identificó en Tacna que las restricciones en la labor policial afectan el
cumplimiento de las Medidas de Protección de la Ley 30364, mostrando también una correlación
significativa (p = 0,042), lo que refuerza la idea de que las limitaciones operativas condicionan el
desempeño policial.
La hipótesis específica 3 mostró que las modificaciones en la investigación penal están estrechamente
vinculadas con el desempeño de la Policía en el Callao (2023- 2024), con una correlación positiva
significativa (r = 0,987) y un valor de significancia de 0,01, lo que llevó a rechazar la hipótesis nula.
Adicionalmente, el estudio de Velásquez y León (2018) investigó la percepción de los empleados
públicos sobre la Policía Nacional, destacando tanto los aspectos positivos (confianza, seguridad y
colaboración) como los negativos sobre el desempeño de la institución, lo que refleja la complejidad de

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la relación entre la policía y la sociedad.
CONCLUSIONES
Habiéndose determinador la relación entre el marco de la nueva ley 32130 y la función de la Policía en los
Distritos del Callao 2023-2024, la ley 32130 tiene como finalidad el fortalecimiento de la seguridad
ciudadana a través de la optimización de la coordinación y efectividad de las fuerzas de seguridad. En
este sentido, se establece un rol más proactivo y colaborativo de la Policía Nacional del Perú (PNP) en
áreas con alta incidencia delictiva, como el Callao.
Asimismo, se determinó la relación de la nueva ley 32130 y el ejercicio de la función policial en los
Distritos del Callao 2023-2024, la ley contempla la mejora de la infraestructura y el equipamiento de la
PNP, con el objetivo de optimizar su capacidad operativa, esta modernización permitiría una respuesta
más efectiva ante delitos de alta complejidad, como el narcotráfico y la criminalidad organizada.
Del mismo modo se determinó la relación entre la función de la Policía y la modificatorias de la Ley N°
32130 en los Distritos del Callao 2023-2024, la Ley N° 32130 establece un marco normativo destinado
a optimizar la eficacia y coordinación de las fuerzas de seguridad, impactando directamente en las
funciones de la Policía Nacional del Perú (PNP). Las modificaciones incorporadas, como el refuerzo de
la infraestructura, el equipamiento y la colaboración interinstitucional, buscan asegurar una respuesta
más ágil y efectiva ante la criminalidad.
Finalmente, al determinar la relación entre la modificatoria de la investigación Penal y el ejercicio
profesional del Policía en los Distritos del Callao 2023-2024, la Ley N.º 32130 tiene como objetivo
modernizar y agilizar el sistema penal en Perú, otorgando mayores facultades a la Policía Nacional del
Perú bajo la supervisión del Ministerio Público. Las reformas, que abarcan desde el registro audiovisual
de las diligencias hasta un control más estricto de la prisión preventiva, buscan garantizar un sistema
penal más eficiente, respetuoso de los derechos fundamentales y con mayores niveles de transparencia.
REFERENCIAS
1. Bernal, C. (2010). Metodología de la investigación. (3° ed), 160-161. D.R. ©2010 por Pearson
Educación de Colombia Ltda.
2. Bernal, M. (2019). “La función policial desde la perspectiva de los derechos humanos y la ética
pública”. Revista IUS, 13(44), 251-279. https://doi.org/10.35487/rius.v13i44.2019.441

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3. Candia, O. (2013). Niveles de aplicación de metodología científica en las tesis de pregrado
realizadas en la facultad de odontología de la universidad de chile durante los trienios 2002-
2003- 2004 Y 2007- 2008 - 2009. [Tesis de pregrado, Universidad de Chile].
https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/117640
4. Codigo Penal. (2024). El artículo 321, 322 y 330, de nuestro CPP. Juritas
Editorial E.I.R.L. 22024.
5. Creswell, J. (2017). Diseño de investigación: enfoques cualitativos, cuantitativos y de métodos
mixtos. (5° ed). SAGE.
6. García, J. (2016). Metodología de la investigación para administradores.
Ediciones de la U. https://edicionesdelau.com/producto/metodologia-de-la- investigacion-para-
administradores/
7. García, L. (2025). Los Antecedentes de Investigación. Universidad Autónoma de Occidente:
https://celee.uao.edu.co/antecedentes-de-investigacion/
8. Heredia, L. y Ortiz, A. (2019). “Análisis del cumplimiento de la pena y mecanismos para la
reinserción social en el Centro de Reclusión Especial de Facatativá de la Policía Nacional”.
[Tesis de maestria, Universidad Libre de Colombia].
https://repository.unilibre.edu.co/handle/10901/19608
9. Howell, D. (1982). Métodos estadísticos para la psicología. (1°ed).
10. Llana, A. (2021). Los Principios de Peel.
https://gijontrasgu.wixsite.com/website/post/el-estro-de-la-guardia-civil
11. Llanos, L., Rivas, L., Lambarry, F. y Trujillo, M. (2018). La eficacia de la policía estatal en
México. Revistas Científicas de América Latina y el Caribe,
España y Portugal, 1(52), 1-26. https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=11558017015
12. Pasión por el Derecho. (2024). Ley 32130: Conducción de la investigación preliminar del delito
a cargo de la Policía. https://lpderecho.pe/ley-32130- conduccion-investigacion-delito-policia/
13. Ruiz, S. (2018). “Proximidad policial y desigualdad social: una aproximación a la construcción
de la inseguridad en el centro de Madrid” . Revista, crítica de Ciencias Sociales, 16(1), p. 1-36.
https://idus.us.es/handle//11441/97630
pág. 5183
14. Sanchez, C. (2022). “Actuación de la Policía Nacional del Perú en las diligencias preliminares
en el sistema acusatorio garantista adversarial en el distrito judicial de Trujillo 2020 – 2021” .
repositorio.upao.edu.pe/handle/20.500.12759/9758
15. Tello, T. (2024). Notas críticas a la Ley 32130 en el extremo que otorga la titularidad técnica
de las diligencias preliminares a la Policía Nacional del Perú. https://lpderecho.pe/notas-
criticas-ley-32130-extremo-otorga-titularidad- tecnica-diligencias-preliminares-policia-nacional-
peru/
16. Velásquez, C. y León, A. (2018). “Representaciones sociales de un grupo de empleados
Públicos de la Institución Universitaria de envigado acerca de la institución de la policía
Nacional y las funciones del Policía”. Revista, Ciencia, Educacion y Desarrollo, 1(1), 1-10.
https://bibliotecadigital.iue.edu.co/jspui/bitstream/20.500.12717/1046/1/iue_rep_pre_psi_morales
_2018_funciones_polic%C3%ADa_art.pdf