LAS PLATAFORMAS FINTECH EN MÉXICO:
VACÍOS EN LA FISCALIDAD Y SU IMPACTO EN LA
RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
FINTECH PLATFORMS IN MEXICO: GAPS IN TAXATION
AND THEIR IMPACT ON TAX COLLECTION
Rocío Salas Chávez
Universidad Autónoma de Coahuila – México
Perla Yazmin González Argumedo
Universidad Autónoma de Coahuila - México

pág. 5716
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v10i2.23587
Las Plataformas Fintech en México: Vacíos en la Fiscalidad y su Impacto
en la Recaudación Tributaria
Rocío Salas Chávez1
r.salas@uadec.edu.mx
https://orcid.org/0000-0001-9459-3756
Universidad Autónoma de Coahuila
Facultad de Administración Fiscal y Finaciera
Unidad Laguna
México
Perla Yazmin González Argumedo
YAZMIN.ARGUMEDO@uadec.edu.mx
https://orcid.org/0009-0006-9348-9862
Universidad Autónoma de Coahuila
Facultad de Administración Fiscal y Financiera
Unidad Laguna
México
RESUMEN
En México, el crecimiento del sector Fintech ha evolucionado el acceso a los servicios financieros,
impulsando la innovación tecnológica y la inclusión financiera. Sin embargo, este desarrollo ha
sobrepasado la capacidad del marco fiscal actual, para regular adecuadamente las actividades
económicas derivadas de estas plataformas. La presente investigación analiza los vacíos fiscales
existentes en la regulación de las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) en México y evalúa su
impacto en la recaudación tributaria. Por medio de un enfoque cualitativo basado en análisis normativo
y revisión documental, se identifican algunas inconsistencias en el tratamiento fiscal de actividades
como los criptoactivos, pagos electrónicos y el crowdfunding. Los resultados encontrados sugieren que
la falta de claridad normativa, genera riesgos de elusión y evasión fiscal así como una base gravable
subestimada. Se presenta la propuesta de un conjunto de lineamientos orientados a fortalecer la
fiscalización del sector, promoviendo la innovación.
Palabras clave: Fiscalidad digital, Fintech, criptomonedas, recaudación tributaria, regulación financiera
1 Autora principal.
Correspondencia: r.salas@uadec.edu.mx

pág. 5717
Fintech platforms in Mexico: Gaps in taxation and their impact on tax
collection
ABSTRACT
In Mexico, the growth of the Fintech sector has transformed access to financial services, driving
technological innovation and financial inclusion. However, this development has outpaced the capacity
of the current tax framework to adequately regulate the economic activities derived from these
platforms. This research analyzes the existing tax gaps in the regulation of financial technology
institutions (FTIs) in Mexico and evaluates their impact on tax revenue. Through a qualitative approach
based on regulatory analysis and document review, some inconsistencies in the tax treatment of activities
such as crypto assets, electronic payments, and crowdfunding are identified. The findings suggest that
the lack of regulatory clarity generates risks of tax avoidance and evasion, as well as an underestimated
tax base. A set of guidelines aimed at strengthening the oversight of the sector and promoting innovation
is proposed.
Keywords:Digital taxation, Fintech, cryptocurrencies, tax revenue, financial regulation
Artículo recibido 15 febrero 2026
Aceptado para publicación: 15 marzo 2026

pág. 5718
INTRODUCCIÓN
La evolución digital ha redefinido el funcionamiento y la estructura de los sistemas financieros a nivel
global en las últimas dos décadas, dando paso a nuevos modelos de negocio basados en tecnología, bajo
el concepto de tecnologías financieras o Fintech. Estas plataformas tecnológicas han sustituido a los
servicios financieros tradicionales, facilitando entre otras cosas los procesos digitales, la inversión, el
acceso al crédito y la gestión de activos mediante entornos digitales más accesibles y eficientes. (Arner
et al., 2015).
Este fenómeno ha adquirido especial importancia en México, debido a los bajos niveles históricos de
inclusión financiera y a la gran presencia de tecnologías móviles. Derivado de su crecimiento, nuestro
país promulgó en 2018 La Ley Para Regular Las Instituciones De Tecnología Financiera, con la finalidad
de establecer un marco legal que promoviera la innovación, protegiera a los usuarios y garantizara la
estabilidad del sistema financiero mexicano. (Congreso de la Unión, 2018). Sin embargo, si bien esta
ley ha sido reconocida como un gran avance en materia regulatoria, su enfoque se ha concentrado
principalmente en aspectos operativos y de prevención de riesgos, dejando en el rezago la dimensión
fiscal del fenómeno Fintech.
Esta disparidad resulta particularmente importante en el contexto de la economía digital, donde los
preceptos tributarios tradicionales enfrentan ciertas limitaciones para gravar actividades que están
caracterizadas por su intangibilidad, alcance global y descentralización. De acuerdo con la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), los sistemas fiscales actualmente presentan
dificultades para identificar el hecho generador, establecer la base gravable en entornos digitales y
determinar la residencia fiscal, situaciones que generan la erosión de la base imponible y el traslado de
beneficios. (OECD, 2025)
En el caso particular de México, la ausencia de un régimen fiscal claramente delimitado para las
actividades Fintech, ha generado incertidumbre jurídica tanto para los contribuyentes como para la
autoridad fiscal. Actividades como el financiamiento colectivo, el uso de criptoactivos y la
intermediación en pagos electrónicos, carecen de criterios homogéneos en su tratamiento fiscal, lo que
dificulta su correcta tributación, así como la apertura de espacios para prácticas de elusión y evasión
fiscal. (Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 2021).

pág. 5719
Además, la participación creciente de plataformas digitales en la actividad económica, representa un
desafío adicional para la recaudación tributaria. De acuerdo con el Banco de México, el aumento en el
uso de medios de pagos electrónicos y servicios financieros digitales, ha modificado los patrones
tradicionales de consumo y transacción, por lo cual es necesario una adaptación del sistema tributario
para incorporar estas nuevas dinámicas. (Banco de México, 2025) Sin una legislación fiscal adecuada,
el crecimiento del sector Fintech podría representar una expansión de la economía digital no gravada,
afectando la sostenibilidad de los ingresos públicos.
En este sentido, esta investigación parte de la premisa de que los vacíos en la fiscalización de las
plataformas Fintech en México, representan un riesgo estructural para la eficiencia recaudatoria del
estado y no solamente un problema normativo. Por esta razón, el objetivo de este estudio es identificar
y analizar dichos vacíos fiscales, evaluar su impacto en la recaudación tributaria y proponer estructuras
que permitan fortalecer la integración del sector Fintech al sistema fiscal mexicano sin frenar su
desarrollo.
En este contexto, la presente investigación contribuye al debate académico sobre la fiscalización de la
economía digital, por medio de la identificación sistemática de vacíos fiscales en el sector Fintech,
proponiendo una clasificación y lineamientos enfocados a su integración al sistema tributario.
Aportacion el estudio
La principal aportación de este estudio se centra en la identificación y sistematización de los vacíos
fiscales en el ecosistema Fintech en México, partiendo de un análisis integral que conecta las
perspectivas normativa, tecnológica y tributaria. Esta investigación incorpora un enfoque fiscal
especializado enfocado en las implicaciones recaudatorias de dichos vacíos. Así mismo el estudio
contribuye al debate académico al poner en evidencia que la problemática tributaria de las plataformas
Fintech no se limita a la falta de regulación, sino que responde a una desconexión entre el marco fiscal
y el financiero, lo que genera una comprensión del fenómeno más amplia desde una perspectiva
sistémica.
Finalmente, la investigación presenta una serie de propuestas con sustento normativo y teórico,
enfocadas a fortalecer la eficiencia recaudatoria lo que representa una aportación relevante para el diseño
de políticas fiscales en economías emergentes.

pág. 5720
METODOLOGÍA
La presente investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, centrado en el análisis del marco
normativo y fiscal aplicable a las plataformas Fintech en México. Debido a la naturaleza del objeto de
estudio, este enfoque resulta adecuado ya que está orientado a la identificación de vacíos regulatorios y
su impacto en la recaudación fiscal. El diseño de la investigación es de tipo analítico y documental,
basado en la revisión sistemática de fuentes normativas institucionales y doctrinales. Fueron analizadas
las disposiciones legales vigentes como: la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera,
el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor
Agregado y la Resolución Miscelánea Fiscal.
También se incorporó la revisión de literatura especializada en economía y fiscalización digital, artículos
científicos, reportes de organismos internacionales y documentos institucionales. Esta estructura
permitió contextualizar el caso mexicano dentro de las tendencias globales en materia de tributación de
tecnologías financieras y plataformas digitales. La técnica utilizada fue el análisis normativo, se
examinaron el alcance la coherencia y limitaciones de las disposiciones fiscales aplicables a las Fintech.
Partiendo de este análisis, se identificaron inconsistencias y áreas no reguladas que constituyen vacíos
fiscales.
Conjuntamente, se usó un análisis comparativo conceptual, referenciando estándares internacionales en
materia de fiscalidad digital, desarrollados por organismos multilaterales. Las fuentes de información se
seleccionaron basándose en criterios de actualidad, relevancia y rigor académico, priorizando
documentos publicados en años recientes, que provienen de instituciones reconocidas en el ámbito fiscal
y financiero. Del mismo modo, se consideraron estudios que abordan directamente los desafíos de la
digitalización en los sistemas hacendarios.
Por último, se sometió a un proceso de análisis la información recopilada, permitiendo no sólo la
descripción actual de la regulación fiscal de las Fintech en México, sino la evaluación de sus
implicaciones en la recaudación fiscal, así como la formulación de propuestas de mejora.
Marco teórico
Desafíos fiscales y Economía digital
La economía digital ha venido transformando profundamente la forma en que se generan, gravan y

pág. 5721
distribuyen los ingresos, con la introducción de modelos de negocio, caracterizados por su intangibilidad
y la capacidad de operar sin presencialidad en una jurisdicción determinada. Este cambio, ha puesto en
evidencia las limitaciones de los sistemas tributarios tradicionales, diseñados bajo los principios de
presencia física y territorialidad. (OECD, 2020).
Uno de los retos principales, radica en la dificultad para identificar el hecho generador del impuesto,
especialmente cuando las transacciones se realizan a través de plataformas digitales que operan en
diversos países. Del mismo modo, la determinación de la residencia fiscal y la aplicación de beneficios
se vuelve complicada, lo que puede ocasionar la generación de actos de erosión de la base de la base
gravable. (Devereux y Vella, 2018)
En este sentido, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), ha impulsado
iniciativas como el proyecto BEPS (Base Erosión and Profit Shifting), Con el objetivo de adaptar las
reglas fiscales internacionales a la economía digital, no obstante, su implementación a nivel nacional
sigue siendo diferente, especialmente en economías emergentes como México. (OECD, 2020)
Fintech y su Impacto Económico
Las tecnologías financieras representan la coyuntura entre servicios financieros e innovación
tecnológica, permitiendo la creación de nuevos modelos de intermediación más accesibles, eficientes y
de menor costo. (Arner et al., 2015) Las Fintech contribuyen desde una perspectiva económica, a reducir
los costos de transacción, ampliar la inclusión e incrementar la competencia en el sistema financiero.
No obstante su naturaleza disruptiva, también genera asimetrías regulatorias, ya que muchas de sus
actividades no coinciden dentro de las categorías tradicionales establecidas en los sistemas financieros
y tributarios. (Gomber et al., 2017).
El crecimiento del ecosistema Fintech ha sido significativo en el caso de México, ya que ha sido
impulsado por factores como la baja bancarización y la adopción de tecnologías móviles, sin embargo,
este crecimiento ha superado la capacidad de adaptación del marco normativo, en particular en materia
fiscal.
Fiscalidad de las Plataformas Digitales
La fiscalización de las plataformas digitales, está centralizada en determinar cómo gravar los ingresos
generados en entornos virtuales. En general, los sistemas fiscales presentan tres problemas

pág. 5722
fundamentales: determinar cuándo una empresa digital tiene suficiente presencia económica en un país
para ser gravada, qué parte de los ingresos debe tributar en cada jurisdicción e identificar si los ingresos
provienen de servicios prestados, regalías, intereses u otras categorías. (OECD, 2025)
Criptoactivos y fiscalidad
Uno de los principales desafíos para la fiscalidad actual, son los criptoactivos, debido a su naturaleza y
alta volatilidad, dificultan su clasificación fiscal y jurídica. Internacionalmente, existen enfoques
diferentes para su tratamiento, son considerados como activos financieros, bienes intangibles y monedas
virtuales. Esta desigualdad ha generado incertidumbre en la determinación de impuestos como el
Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). De acuerdo con la OCDE (2025),
la falta de regulación tratándose de criptoactivos, podría generar prácticas de evasión fiscal y lavado de
dinero. En México, la Ley Fintech reconoce la existencia de activos virtuales, pero no menciona un
régimen fiscal, lo que representa un vacío legal relevante.
Inclusión Financiera y Fiscal
Una de las principales características de las Fintech, es su capacidad para promover la inclusión
financiera, permitiendo que sectores no bancarizados accedan a servicios financieros formales.
(Demirgüc-Kunt et al., 2018). No obstante, La inclusión financiera no necesariamente se traduce en
inclusión fiscal. Es decir, el acceso a servicios financieros digitales no garantiza que los usuarios
cumplan con sus obligaciones fiscales. Esta situación puede generar una paradoja: una mayor
digitalización financiera pero sin crecimiento en la recaudación, lo que representa la necesidad de
diseñar estrategias que vinculen la innovación financiera con la formalización tributaria.
Regulación Fintech y Vacíos Fiscales en México
La Ley Para Regular Las Instituciones De Tecnología Financiera para reglamentar a las Fintech en
México, se considera como una ley pionera en América latina. No obstante, su enfoque ha privilegiado
la estabilidad financiera, la prevención de riesgos y la protección al consumidor dejando en un plano
secundario la fiscalidad. Esta disparidad entre regulación financiera y fiscal ocasiona, entre otros
aspectos, ambigüedad en la clasificación de ingresos, debilidad en la fiscalización digital y falta de
mecanismos de retención. De conformidad con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (2021),
aunque el régimen fiscal aplicable a plataformas digitales en México tiene ya algunos años en

pág. 5723
funcionamiento, para el año 2026, se incluyeron algunas modificaciones al Código Fiscal de la
Federación, con la intención de una mayor fiscalización de las empresas de este sector, lo que evidencia
la necesidad de una integración normativa más robusta.
Marco normativo en México
Ley Fintech
El legislación en México de las tecnologías financieras, tiene como eje central la Ley para Regular las
Instituciones de Tecnología Financiera (LRITF), que fue promulgada en el 2018, la cual señala las bases
para la operación de las instituciones de financiamiento colectivo (crowdfunding) y las instituciones de
fondos de pago electrónico. Esta ley otorga facultades regulatorias a la Comisión Nacional Bancaria y
De Valores, el Banco De México Y La Secretaría De Hacienda y Crédito Público, enfocadas en la
estabilidad financiera, la prevención de operaciones ilícitas y la protección al usuario. (Congreso de la
Unión, 2018).
No obstante, la Ley Para Regular Las Instituciones De Tecnología Financiera no incorpora ningún
régimen fiscal específico para las actividades Fintech, lo que ha generado una desconexión entre la
regulación financiera y la fiscal. Este vacío ha obligado a integrar las operaciones Fintech dentro de las
disposiciones fiscales generales, lo que resulta insuficiente dado la complejidad del ecosistema digital.
Código Fiscal de la Federación
Un instrumento normativo general que regula las obligaciones fiscales en México es el Código Fiscal
De La Federación, abarcando el registro de los contribuyente, los comprobantes fiscales digitales por
internet (CFDI) y las facultades de fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Con
relación a la economía digital, el Código Fiscal de la Federación, ha sido reformado recientemente, con
el objeto de fortalecer el control sobre plataformas digitales. Dentro de estas modificaciones, destaca la
facultad del SAT para requerir acceso, en tiempo real, a la información fiscal de las plataformas digitales
y en caso de incumplimiento, ordenar el bloqueo de sus servicios en territorio nacional. (PwC México,
2026)
Estas disposiciones reflejan un cambio hacia esquemas de fiscalización intensivos y tecnológicos, en
alineación con las tendencias internacionales de control fiscal en entornos digitales.

pág. 5724
Ley del Impuesto Sobre la Renta
En México, la tributación de los ingresos obtenidos por personas físicas y morales, están reguladas por
la Ley del Impuesto sobre la Renta. Con relación a las plataformas digitales, se incorporaron
disposiciones específicas que obligan a estas a actuar como responsables solidarias, al ser retenedoras
del impuesto cuándo operan como intermediarias. A partir del año 2020, las plataformas digitales están
obligadas a retener el ISR a las personas físicas, que obtengan ingresos a través de sus aplicaciones,
generando una simplificación en el cumplimiento fiscal por medio de esquemas de retención definitiva
(Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 2021).
En el paquete económico para 2026, se fortalece este esquema al incrementar las tasas de retención, la
extensión de las obligaciones para las personas morales y la imposición de tasas diferenciadas, de
acuerdo con el cumplimiento fiscal del contribuyente. Todas estas medidas buscan cerrar brechas, para
evitar la evasión fiscal y ampliar la base tributaria en la economía digital.
Ley del Impuesto al Valor Agregado
Uno de los instrumentos claves para gravar la economía digital en México, es la Ley del Impuesto al
Valor Agregado, a partir del 2020, fue establecida la obligación para plataformas digitales, incluidas las
residentes en el extranjero, de pagar el IVA por los servicios prestados a usuarios en territorio nacional.
Igualmente, en el caso de que las plataformas actúen como intermediarias, deben retener y enterar el
impuesto correspondiente a las operaciones que realicen a cuenta de terceros. (Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, 2021).
Este esquema contempla el aumento de la recaudación tributaria, la formalización de las operaciones
digitales y la incorporación de los contribuyentes que no se encuentran registrados. Sin embargo,
persisten desafíos sobre la correcta identificación del sujeto obligado en la fiscalización de operaciones
internacionales.
Resolución Miscelánea Fiscal
La Resolución Miscelánea Fiscal, viene a complementar el marco normativo, al establecer reglas
específicas del cumplimiento para plataformas digitales, considerando: la inscripción obligatoria en el
registro federal de contribuyentes (RFC) de residentes en el extranjero, la designación de un
representante legal en México, así como, la emisión de comprobantes fiscales digitales por internet.

pág. 5725
Estas disposiciones, buscan garantizar que las plataformas de procedencia extranjera cumplan con sus
obligaciones fiscales dentro del territorio nacional.
Del mismo modo, la Resolución Miscelánea Fiscal establece los lineamientos sobre retenciones,
declaraciones y obligaciones informativas, consolidando el esquema del régimen fiscal digital.
Régimen Fiscal de Plataformas Digitales
En México, el régimen fiscal de plataformas digitales constituye uno de los avances más importantes en
la incorporación de la economía digital al sistema tributario, mismo que se encuentra vigente desde
2020, establece que las plataformas deben retener ISR e IVA, menciona que las retenciones pueden
considerarse como pagos definitivos y que los contribuyentes deben cumplir con obligaciones
periódicas, mensuales y anuales. (IDC Online, 2025)
Este régimen ha permitido la mejora en la eficiencia recaudatoria, no obstante también ha mostrado
evidencia de limitaciones en su aplicación, especialmente las relacionadas con actividades Fintech, más
complejas como los criptoactivos y el crowdfunding.
Tendencias 2026
El marco regulatorio mexicano en materia fiscal digital, se encuentra en constante cambio. Entre los
ajustes más recientes, destaca el fortalecimiento de la fiscalización digital mediante el acceso en tiempo
real por parte de la autoridad hacendaria a las plataformas digitales, la ampliación de obligaciones de
retención a nuevas figuras Fintech, la incorporación de plataformas extranjeras al sistema fiscal nacional
y las propuestas para regular el crowdfunding y cerrar vacíos normativos. (Expansión, 2025)
Estas reformas atienden a la necesidad de ajustar el sistema fiscal a la dinámica de la economía digital
y mejorar los esquemas de recaudación en sectores emergentes.
Vacíos Fiscales en México
No obstante los avances en materia de tecnologías digitales, el marco fiscal mexicano presenta vacíos
importantes en la regulación de las actividades de las plataformas Fintech. Estos espacios se deben en
gran medida, a la falta de armonización entre la legislación tributaria y la normativa financiera, lo que
ocasiona dificultades en la fiscalización, incertidumbre jurídica y riesgos de erosión de la base gravable.
La ausencia de un régimen fiscal específico para las actividades Fintech representa uno de los principales
vacíos. La Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera establece lineamientos, pero no

pág. 5726
define el tratamiento fiscal aplicable a las operaciones que realizan estas entidades. Por lo tanto, las
actividades Fintech deben clasificarse dentro de las disposiciones fiscales generales, como la Ley del
Impuesto sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado, lo que resulta insuficiente debido a
la naturaleza disruptiva de estos esquemas de negocios. (Congreso de la Unión, 2018); (OECD, 2020).
En segundo término, existe falta de claridad en la clasificación fiscal de los criptoactivos. Si bien la
legislación mexicana reconoce la existencia de activos virtuales, no contempla criterios precisos para su
tratamiento fiscal, en particular con relación a su naturaleza jurídica (moneda, activo o bien intangible).
Esta situación dificulta la determinación de la base gravable y del tipo de impuesto aplicable, lo que
puede ocasionar la aplicación de interpretaciones tanto por parte de la autoridad tributaria, cómo de los
contribuyentes. (OECD, 2020); (Devereux y Vella, 2018).
El tercer vacío se encuentra en la tributación de las plataformas de financiamiento colectivo o
crowdfunding, ya que estas plataformas presentan complejidad en la identificación del sujeto obligado
al pago del impuesto, de igual forma, la identificación de los ingresos generados los cuales pueden
clasificarse como rendimientos financieros e intereses. La falta de directrices concretas en la legislación
fiscal mexicana ocasiona incertidumbre en el cumplimiento de obligaciones contributivas y limita la
capacidad de fiscalización del estado. (Gomber et al., 2017)
También, se ha identificado un problema en torno a la intermediación digital y las obligaciones de
retención. De acuerdo con el régimen fiscal de plataformas digitales, que señala mecanismos de
retención de Impuesto Sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado, estos lineamientos no cubren de
manera integral todas las actividades Fintech, en particular, aquellas que operan como intermediarios
financieros no tradicionales. Esto ocasiona inconsistencias en la aplicación de las obligaciones
tributarias y posibles espacios para la elusión tributaria (Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 2021)
Otro vacío importante, se relaciona con la residencia fiscal en operaciones digitales transfronterizas y la
territorialidad. Muchas de las plataformas Fintech tienen sus operaciones sin presencia física en México,
situación que dificulta determinar si deben estar sujetas a contribuir en el país. Este contexto puede dar
lugar a fenómenos de doble no imposición, o a no cumplir con las obligaciones tributarias cuando se
trata de plataformas extranjeras (OECD, 2025).
Además, frente a la complejidad del ecosistema Fintech, se observa también una limitada capacidad de

pág. 5727
fiscalización tecnológica por parte de la autoridad hacendaria. Aun cuando se han implementado
mecanismos como los comprobantes fiscales digitales por internet y las declaraciones informativas,
estos no han sido suficientes para rastrear operaciones realizadas en entornos descentralizados digitales,
en especial cuando se trata de criptoactivos o plataformas internacionales (Banco de México, 2025)
En general, se necesita de una reforma integral ante la evidencia de estos vacíos fiscales, Que enlace la
regulación financiera con la tributaria, incorporando las particularidades de las tecnologías financieras.
La carencia de un marco fiscal claro, no sólo Incide sobre la recaudación tributaria, también genera
desigualdades en el tratamiento de los contribuyentes Y restringe el desarrollo ordenado del ecosistema
Fintech en México.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Los hallazgos encontrados, muestran que los vacíos fiscales identificados en el marco normativo
mexicano, no representan fallas aisladas, sino que responden a una desarticulación estructural entre la
regulación tributaria y la financiera en el entorno de la economía digital. Esta circunstancia coincide con
lo señalado en la literatura internacional, donde se menciona que los sistemas fiscales tradicionales no
han evolucionado de la misma forma que los modelos de negocios digitales, ocasionando importantes
rezagos regulatorios. (OECD, 2020)
En primer término, la falta de un régimen fiscal específico para las actividades Fintech, confirma la
hipótesis de que nuestro sistema tributario opera bajo un esquema reactivo, es decir, en donde las
innovaciones tecnológicas son incorporadas posteriormente de manera fragmentada. Este esquema
limita la capacidad del estado para anticiparse a los riesgos fiscales y ocasiona espacios ambiguos que
pueden ser aprovechados por los contribuyentes. Según Devereux y Vella (2018), esta ausencia de
actualización reglamentaria favorece a fenómenos de erosión de la base imponible, especialmente
cuando se trata de sectores altamente digitalizados.
En cuanto a los criptoactivos, los hallazgos señalan que su indefinición jurídica y fiscal, constituye un
actor crítico de duda. Esta situación no es exclusiva de México, pero se agrava en el contexto nacional
por la ausencia de criterios administrativos claros. Los resultados sugieren que esto facilita prácticas de
omisión de ingresos y limita la fiscalización efectiva, lo que coincide con lo mencionado por la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, respecto al uso de activos virtuales como

pág. 5728
mecanismos potenciales de evasión fiscal. (OECD, 2025)
También, el análisis de plataformas de financiamiento colectivo, menciona que la falta de claridad en la
identificación de los ingresos, genera inconsistencias al momento de determinar las obligaciones
fiscales. Esta situación se traduce en una aplicación heterogénea del ISR e IVA, dependiendo de la
interpretación que adopten los contribuyentes o la autoridad fiscal. De acuerdo con Gomber, et al.
(2017), la diversidad de modelos de negocio fintech complica su clasificación dentro de los esquemas
fiscales tradicionales, lo que exige una regulación más específica y flexible.
Con relación a la intermediación digital, si bien, el régimen tributario de plataformas digitales ha tenido
un avance importante en la obtención de ingresos tributarios, los resultados indican que su alcance se
limita frente a la complejidad del ecosistema Fintech. En especial, las plataformas que operan como
intermediarios financieros no tradicionales, no siempre están sujetas al mecanismo de retención,
situación que reduce la efectividad del sistema tributario. De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (2021), aún cuando las retenciones han mejorado el cumplimiento fiscal de dichos
sectores, todavía persisten áreas donde la supervisión es insuficiente.
De igual modo, la residencia fiscal en entornos digitales transfronterizos y la problemática territorial,
refuerzan la necesidad de adoptar esquemas más coordinados a nivel internacional. Los hallazgos
muestran que la operación de plataformas que no tienen presencia física en México, dificultan la
aplicación de impuestos, lo que puede conducir a escenarios de doble no imposición. Este
acontecimiento se ha documentado ampliamente en el marco del proyecto BEPS (Base Erosion and
Profit Shifting), el cual resalta la necesidad de definir criterios de vinculación fiscal en la economía
digital. (OECD, 2020)
Otro resultado importante, es la limitación de la capacidad de fiscalización tecnológica frente a las
sofisticadas operaciones Fintech. Si bien México ha avanzado en el uso de herramientas digitales como
la facturación electrónica, estas no siempre son suficientes para el rastreo de transacciones complejas,
como los criptoactivos o platafomas internacionales. En este contexto, el Banco de México (2022),
alerta que el avance tecnológico de los pagos digitales y los servicios financieros, requieren de una
modernización continua de los mecanismos de supervisión.
Conjuntamente, los resultados muestran que los vacíos fiscales identificados, impactan directamente en

pág. 5729
la eficiencia recaudatoria del estado, al permitir que ciertos sectores de la economía digital paguen pocos
impuestos. Este esquema no sólo afecta a los ingresos públicos, sino que también genera inequidad en
el sistema tributario al establecer condiciones desiguales entre contribuyentes digitales y tradicionales.
Por último, la discusión lleva a confirmar que la solución a estos problemas no implica solamente la
creación de nuevas figuras impositivas, si no el diseño de un marco integral que conecte la regulación
fiscal, financiera y tecnológica. Como lo señala la OCDE (2020), la adaptación de los sistemas
tributarios a la economía digital requiere de un enfoque coordinado, que combine reformas legales, el
uso intensivo de tecnologías de información y la cooperación internacional.
Propuestas de Mejora
A partir de la identificación de los vacíos fiscales, resulta necesario proponer una serie de mejoras
orientadas a fortalecer la integración del sector fintech al sistema tributario mexicano, garantizando la
eficiencia recaudatoria y la innovación. Desde un enfoque integral, estas propuestas deben
complementar la regulación financiera, el desarrollo tecnológico y la política fiscal.
Régimen fiscal para plataformas fintech
La principal área de oportunidad, es el diseño de un régimen fiscal específico para las plataformas de
tecnología financiera, este régimen debería considerar la naturaleza de sus operaciones, estableciendo
criterios claros sobre la identificación de sus ingresos, las obligaciones de retención, los sujetos
obligados y los mecanismos de cumplimiento. De acuerdo con la experiencia internacional que
menciona que la falta de esquemas para la economía digital, limita la captación de ingresos de forma
eficiente. (OECD, 2020), La creación de un régimen especializado en este sector, permitiría fortalecer
la certeza jurídica y normativa.
Tratamiento fiscal de los criptoactivos
El establecimiento de una definición fiscal y jurídica precisa de los criptoactivos, que permita definir su
tratamiento en el marco del ISR y del IVA. Esta definición debe considerar su naturaleza, el momento
de acumulación del ingreso, el tratamiento de las ganancias del capital, y el rastreo de las operaciones.
La OCDE ha mencionado que la falta de claridad en la tributación de activos virtuales, representa un
riesgo importante para los sistemas fiscales al facilitar prácticas de evasión y disminución de ingresos.
(OECD, 2020)

pág. 5730
Fortalecer el mecanismo de retención en plataformas digitales
Es necesario ampliar el actual esquema de retención para plataformas digitales, en especial en
actividades Fintech más complejas como el crowdfunding, los préstamos entre pares (peer to peer
lending) y la intermediación financiera digital.
El fortalecimiento de mecanismos de retención ha demostrado ser una eficiente herramienta para
mejorar el cumplimiento tributario, especialmente en sectores donde existe una alta dispersión de
contribuyentes. (Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 2021)
Redefinir la Conexión Fiscal en la Economía Digital
Es importante determinar la jurisdicción fiscal de las plataformas Fintech, por lo que se propone, un
enfoque basado en la presencia económica que permita gravar los ingresos de Fintech, aun cuando no
tengan presencia física en el país. Este criterio ha tenido una gran promoción en el marco del proyecto
BEPS, como una opción para enfrentar los desafíos de la era digital, permitiendo realizar una asignación
más equitativa de los ingresos tributarios entre jurisdicciones (OECD, 2025).
Uso de herramientas tecnológicas para la fiscalización
El sistema tributario requiere modernizarse a través del uso intensivo de tecnologías digitales, con el fin
de facilitar el control y la supervisión de las operaciones Fintech. Se recomienda el uso de big data,
Interacción entre la autoridad fiscal y las plataformas Fintech, así como el monitoreo en tiempo real de
transacciones digitales.
Según el banco de México (2022), el aumento de los servicios financieros digitales requiere de una
evolución de los mecanismos de supervisión, con el fin de garantizar la transparencia y el rastreo de
operaciones.
Armonizar la regulación fiscal y financiera
Una iniciativa clave es establecer la coordinación institucional entre las autoridades fiscales y
financieras, en particular entre el Servicio de Administración Tributaria, la Comisión Nacional Bancaria
y de Valores y el Banco De México. La armonización de estas instituciones permitiría compartir
información importante, evitar duplicidad en la regulación y generar un enfoque completo del sector
Fintech.
La fragmentación regulatoria es uno de los principales obstáculos según la literatura especializada para

pág. 5731
la adecuada fiscalización en la economía digital. (Devereux y Vella, 2018)
Criterios Fiscales Para Crowdfunding
Dado el aumento del financiamiento colectivo, se necesita establecer criterios tributarios para este tipo
de plataformas, que precisen la naturaleza de los ingresos, el tratamiento de los rendimientos y definan
las obligaciones de promotores e inversionistas. Esto reduciría la incertidumbre legal y mejoraría la
recaudación en un sector con alto potencial de crecimiento.
Fiscalización internacional
Por último, considerando la presencia global de las plataformas Fintech, es necesario reforzar la
cooperación internacional en materia tributaria mediante el intercambio de información, la celebración
de acuerdos multilaterales y la adopción de estándares internacionales.
De acuerdo con la OCDE (2020), la coordinación entre países es fundamental para evitar la evasión
fiscal en entornos digitales y garantizar el cumplimiento de las políticas tributarias.
CONCLUSIONES
El análisis desarrollado en este artículo, confirma que el crecimiento del ecosistema Fintech en nuestro
país, ha superado la capacidad del marco fiscal vigente, dejando en evidencia una serie de vacíos legales
que afectan la certeza jurídica del contribuyente, tanto como la eficiencia recaudatoria del estado. Estos
vacíos responden a una ruptura estructural entre la regulación tributaria y la financiera en un contexto
de rápida transformación digital. Se identificó que la falta de un régimen fiscal específico para las
plataformas Fintech, genera confusión en la clasificación de los ingresos, en la determinación de los
sujetos obligados y en los mecanismos de retención. Este esquema se dificulta más en la tributación de
criptoactivos y en el financiamiento colectivo, dónde la falta de conceptos claros propicia
interpretaciones y limita la capacidad de fiscalización por parte de la autoridad hacendaria.
Del mismo modo, los hallazgos muestran que si bien México ha avanzado en la incorporación de la
economía digital al sistema tributario mediante el régimen de plataformas digitales, este resulta
insuficiente para la diversidad y complejidad de las actividades Fintech. Por lo tanto, existen espacios
de elusión y evasión fiscal principalmente en modelos de intermediación no tradicionales y operaciones
transfronterizas.
Desde un enfoque teórico, la investigación confirma los planteamientos de la literatura internacional con

pág. 5732
respecto a las limitaciones de los sistemas fiscales tradicionales frente a la economía digital (OECD,
2020). El inconveniente para definir el vínculo fiscal, la identificación de ingresos y la asignación de
beneficios en entornos digitales, presenta un desafío que requiere soluciones coordinadas e integrales.
De manera práctica, los vacíos identificados tienen conexión sobre la recaudación fiscal, al permitir que
una gran parte de la actividad económica digital opere con reducidos niveles de impuestos. Esta situación
no sólo genera afectación en los ingresos públicos, sino que también propicia desigualdad en el sistema
fiscal, al propiciar condiciones desiguales entre contribuyentes digitales y tradicionales.
Bajo este contexto, el presente artículo propone avanzar hacia un marco legal integral que organice la
regulación fiscal, financiera y tecnológica. Crear un régimen fiscal exclusivo para las Fintech, definir
claramente el tratamiento de los criptoactivos, fortalecer los mecanismos de retención y adoptar criterios
de presencia económica, integran elementos clave para mejorar la eficiencia del sistema hacendario.
En conclusión, se debe adaptar el sistema fiscal mexicano a la economía digital, no sólo como un proceso
normativo sino como una transformación estructural, por medio de la innovación institucional, el uso
estratégico de tecnologías de información y la cooperación internacional, a través de este enfoque
integral se podrá garantizar una tributación eficiente, equitativa y coherente con un entorno digital
contemporáneo.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Arner, D., Barberis, J., y R., B. (2015). The Evolution of Fintech: A New Post-Crisis Paradigm? The
University of Hong Kong Faculty of Law, 2015/047(https://ssrn.com/abstract=2676553).
https://doi.org/https://dx.doi.org/10.2139/ssrn.2676553
Banco de México. (2025). Reporte de Estabilidad Financiera. Banco de México.
https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/reportes-sobre-el-sistema-
financiero/%7B257924E7-A68F-FD10-19AE-56A699BACC79%7D.pdf
Congreso de la Unión. (2018). Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera. Diario
Oficial de la Federación. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRITF.pdf
Demirgüc-Kunt, A., Klapper, L., Singer, D., Ansar, S., y Hess, J. (2018). The Global Findex Database
2017: Measuring Financial Inclusion and the Fintech Revolution. World Bank.
https://doi.org/https://doi.org/10.1596/978-1-4648-1259-0

pág. 5733
Devereux, M., y Vella, J. (2018). Implications of digitalization for international corporate tax reform.
Oxford University Center for Busines Taxation. https://oxfordtax.sbs.ox.ac.uk/files/wp17-07pdf
Expansión. (2025). Buscan más fiscalización de crowdfunding; advierten desventaja para ahorradores.
https://expansion.mx/economia/2025/09/18/ley-fintech-crowdfunding-isr-iva
Gomber, P., Koch, J., y Siering, M. (2017). Digital Finance and FinTech: current research and future
research directions. Journal of Business Economics , 87(5), 537-580.
https://doi.org/https://doi.org/10.1007/s11573-017-0852-x
IDC Online. (2025). Obligaciones fiscales por ingresos en plataformas digitales.
https://idconline.mx/fiscal-contable/2025/07/25/obligaciones-fiscales-por-ingresos-en-
plataformas-digitales
OECD. (2020). Tax Challenges Arising from Digitalisation – Economic Impact Assessment. OECD
Publishing. Tax Challenges Arising from Digitalisation – Economic Impact Assessment
OECD. (2025). Tax Challenges Arising from the Digitalisation of the Economy – Consolidated
Commentary to the Global Anti-Base Erosion Model Rules (2025). OECD Publishing.
https://doi.org/https://doi.org/10.1787/a551b351-en
PwC México. (2026). Reforma Fiscal 2026 . https://www.pwc.com/mx/es/archivo/2025/propuesta-
iniciativa-reforma-fiscal2026.pdf
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (2021). Régimen Fiscal de Plataformas digitales en México.
https://www.sat.gob.mx/minisitio/PlataformasTecnologicas/PersonasFisicas/personasfisicas_in
icio.html