IDONEIDAD DE LA PRUEBA DIGITAL EN LOS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
SANCIONADORES
SUITABILITY OF DIGITAL EVIDENCE IN ADMINISTRATIVE
SANCTIONING PROCEEDINGS
Margarita Lizbeth Carbo Mero
Universidad Técnica de Manabí, Ecuador
Cristhian Jesus Chavez Caicedo
Investigador Independiente, Ecuador
Gonzalo Xavier Jara Alvarez
Universidad Técnica Luis Vargas Torres de Esmeraldas, Ecuador
Wilson David Rivas Chavez
Universidad Técnica de Manabí, Ecuador
Aray Saltos Bryan Giusseppe
Universidad Técnica de Manabí, Ecuador
pág. 671
DOI: https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v10i5.25922
Idoneidad de la Prueba Digital en los Procedimientos Administrativos
Sancionadores
Margarita Lizbeth Carbo Mero1
margarita.carbo@utm.edu.ec
https://orcid.org/0000-0002-5220-8183
Universidad Técnica de Manabí
Ecuador
Cristhian Jesus Chavez Caicedo
crischavezcaicedo@gmail.com
https://orcid.org/0000-0003-4617-2425
Investigador Independiente
Ecuador
Gonzalo Xavier Jara Alvarez
gonzalo.jara.alvarez@utelvt.edu.ec
https://orcid.org/0009-0003-5151-8432
Universidad Técnica Luis Vargas Torres de
Esmeraldas
Ecuador
Wilson David Rivas Chavez
wrivas4843@utm.edu.ec
https://orcid.org/0009-0002-6185-327X
Universidad Técnica de Manabí
Ecuador
Aray Saltos Bryan Giusseppe
baray8684@utm.edu.ec
https://orcid.org/0009-0007-4066-250X
Universidad Técnica de Manabí
Ecuador
RESUMEN
La investigación analizó la idoneidad, admisibilidad y valoración de la prueba digital en los
procedimientos administrativos sancionadores ecuatorianos, la problemática surge producto de la
tensión entre la modernización de la era digital del Estado y las garantías del debido proceso, con
relación a la integridad de evidencias de las nuevas tecnológicas mediante correos electrónicos, mensajes
de datos en los que sustentan la potestad punitiva. Siendo el objetivo general determinar los estándares
técnicos y jurídicos que disponen la eficacia probatoria a estos elementos, evaluando la aplicación del
Código Orgánico Administrativo y la supletoriedad del Código Orgánico General de Procesos. La
metodología cuenta con un enfoque cualitativo, de alcance descriptivo-explicativo, aplicándose los
métodos hermenéuticos y de derecho comparado, mediante la técnica de revisión de literatura y de
análisis jurisprudencial de la Corte Constitucional y la Corte Nacional de Justicia. Los resultados
demuestran una práctica administrativa deficiente que frecuentemente quebranta la cadena de custodia
al validar impresiones simples sin metadatos, invirtiendo ilegítimamente la carga de la prueba hacia el
administrado. Concluyendo de tal manera que la prueba digital solo es idónea si garantiza su autenticidad
e integridad técnica desde la fuente; de lo contrario, su valoración vulnera el derecho a la defensa y la
presunción de inocencia
Palabras clave: cadena de custodia, debido proceso, derecho administrativo sancionador, prueba digital,
valoración probatoria
1
Autor principal
Correspondencia: margarita.carbo@utm.edu.ec
pág. 672
Suitability of Digital Evidence in Administrative Sanctioning Proceedings
ABSTRACT
This research analyzed the suitability, admissibility, and assessment of digital evidence in Ecuadorian
administrative sanctioning procedures. The problem arises from the tension between the State's digital
modernization and due process guarantees, concerning the integrity of evidence from new technologies
such as emails and data messages that support punitive power. The general objective was to determine
the technical and legal standards that grant probative efficacy to these elements, evaluating the
application of the Organic Administrative Code (COA) and the supplementary application of the
Organic General Code of Procedures (COGEP). The methodology followed a qualitative approach with
a descriptive-explanatory scope, applying hermeneutic and comparative law methods through literature
review and jurisprudential analysis of the Constitutional Court and the National Court of Justice. The
results reveal a deficient administrative practice that frequently breaks the chain of custody by validating
simple printouts without metadata, thereby illegitimately shifting the burden of proof to the administered
party. It is concluded that digital evidence is only suitable if it guarantees authenticity and technical
integrity from the source; otherwise, its assessment violates the right to defense and the presumption of
innocence.
Keywords: chain of custody, due process, administrative sanctioning law, digital evidence, probative
assessment
Artículo recibido 15 julio 2026
Aceptado para publicación: 15 agosto 2026
pág. 673
INTRODUCCIÓN
La transformación digital de la administración pública en Ecuador ha modificado sustancialmente la
interacción entre el Estado y los ciudadanos, impactando directamente en el ejercicio de la potestad
sancionadora, en este contexto, el uso de medios probatorios de naturaleza intangible, conocidos como
prueba digital o evidencia electrónica, se ha vuelto omnipresente. Sin embargo, la transición hacia el
expediente electrónico ha generado incertidumbre jurídica respecto a la validez y eficacia de estas
pruebas frente a las garantías tradicionales del debido proceso (Carrillo López, 2021). El problema de
la investigación surge desde la práctica administrativa recurrente de valorar copias simples de correos
electrónicos, capturas de pantalla de chats o documentos digitalizados como prueba plena, sin observar
los protocolos técnicos de cadena de custodia necesarios para asegurar su autenticidad e integridad,
conforme lo exige la normativa especializada (Montecé Mosquera & Izquierdo Montecé, 2020).
Los antecedentes normativos se remontan a la Ley de comercio electrónico, firmas y mensajes de datos
del año 2002, introdujo el principio de equivalencia funcional. No obstante, ante la vigencia del Código
Orgánico Administrativo (COA) en el año 2018, aunque unificó el procedimiento, dejó vacíos en materia
probatoria que obligan a remitirse al Código Orgánico General de Procesos (COGEP) (Asamblea
Nacional del Ecuador, 2017). Ante esta dispersión normativa se han provocado criterios dispares en la
valoración de la prueba digital por parte de las autoridades administrativas, quienes actúan como juez y
parte, poniendo en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia y el derecho a la
defensa (Paredes et al., 2023).
Planteandose ante ello el objetivo general de este estudio es analizar la idoneidad de la prueba digital en
los procedimientos administrativos sancionadores en Ecuador, identificando los requisitos
indispensables para su validez jurídica. Los objetivos específicos son: 1) Examinar el marco legal
ecuatoriano sobre prueba digital; 2) Contrastar los estándares de valoración administrativa con la
jurisprudencia ecuatoriana; y 3) Proponer criterios técnicos-jurídicos para la correcta gestión de la
evidencia digital. Con ello, se justifica la la necesidad académica y profesional de establecer límites
claros al poder punitivo del Estado en el entorno digital, garantizando que la celeridad tecnológica no
socave la seguridad jurídica (Aguirre Manosalvas, 2023). El contexto del estudio se sitúa en el Ecuador
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actual, caracterizado por una digitalización acelerada post-pandemia, en el cual se analizan variables
como la integridad de la prueba y la validez del acto administrativo.
METODOLOGÍA
La investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, idóneo para el análisis dogmático y
hermenéutico de fenómenos jurídicos complejos (Nizama-Valladolid, 2020). El diseño de la
investigación es no experimental, documental y transversal, enfocado en el análisis del ordenamiento
jurídico ecuatoriano vigente entre 2020 y 2025. Se empleo la aplicación del método dogmático-jurídico
para la exégesis del Código Orgánico Administrativo (COA), el Código Orgánico General de Procesos
(COGEP) y la Ley de Comercio Electrónico (LCE). Este método permitió identificar las antinomias y
vacíos legales respecto a la gestión de la prueba digital. Adicionalmente, se empleó el método de derecho
comparado entre Ecuador, España y Colombia, contrastando la normativa nacional con los avances en
Colombia (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) y España (Ley
39/2015), sistemas que comparten la tradición romano-germánica y enfrentan desafíos similares en la
digitalización de la justicia (Jefatura del Estado, 2015; Congreso de la República de Colombia, 2011).
Las técnicas de recolección empleadas fueron incluyeron:
• Revisión bibliográfica: Se seleccionaron artículos científicos de bases indexadas (Scopus,
Latindex, Redalyc) utilizando descriptores como "prueba digital", "procedimiento sancionador" y
"cadena de custodia". Se priorizaron fuentes publicadas en los últimos cinco años para asegurar la
actualidad (p. ej., Vaca & Dulce Villarreal, 2025; Rea-Moposita et al., 2025).
• Análisis jurisprudencial: Se examinaron sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador (ej.
Sentencia 094-21-CN) y resoluciones de la Corte Nacional de Justicia para extraer criterios
vinculantes sobre la valoración de la prueba electrónica (Corte Nacional de Justicia, 2021).
• Análisis documental: Se revisaron resoluciones de órganos de control como ARCOTEL y la
Contraloría General del Estado para comprender la práctica administrativa real (Agencia de
Regulación y Control de las Telecomunicaciones, 2021).
El análisis de datos y filtración del mismos se realizó mediante la triangulación de fuentes normativas,
doctrinales y jurisprudenciales, permitiendo validar la hipótesis sobre la insuficiencia de los estándares
actuales de idoneidad probatoria en sede administrativa.
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RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Dispersión normativa y aplicación supletoria del COGEP
El análisis del marco legal revela que el Código Orgánico Administrativo (COA) carece de reglas
específicas para la prueba digital, remitiendo supletoriamente al COGEP en su artículo 193 (Asamblea
Nacional del Ecuador, 2017). Esta remisión genera problemas operativos, dado que el COGEP está
diseñado para un proceso judicial adversarial, mientras que el procedimiento administrativo es
inquisitivo en su fase de instrucción. El artículo 202 del COGEP admite el documento electrónico como
prueba, pero su valoración en sede administrativa suele realizarse sin el rigor técnico del peritaje,
confiando excesivamente en la presunción de legitimidad de los actos de la administración (Quchimbo
et al., 2024).
Ausencia de cadena de custodia en la fase administrativa
Un hallazgo crítico es la inexistencia de protocolos de cadena de custodia reglados para la
administración pública. A diferencia del ámbito penal (COIP, Art. 456), donde la ruptura de la cadena
de custodia vicia la prueba, en los sumarios administrativos se recolectan evidencias digitales (logs,
correos, bases de datos) sin asegurar su inalterabilidad mediante códigos hash o copias forenses (Vaca
& Dulce Villarreal, 2025). Montecé Mosquera y Izquierdo Montecé (2020) demuestran que esta carencia
provoca la "contaminación" de la evidencia, impidiendo auditorías posteriores sobre su integridad y
vulnerando el derecho a la contradicción del administrado.
La problemática de la "materialización" de la prueba digital
La práctica administrativa ecuatoriana ha adoptado erróneamente la impresión en papel
"materialización" como mecanismo para incorporar prueba digital como:
• Correos electrónicos: La Corte Nacional de Justicia ha señalado que la simple impresión de un
correo es un documento privado que, si es impugnado, carece de valor probatorio pleno si no se
acompaña del soporte digital nativo que permita verificar sus metadatos y cabeceras técnicas
(Corte Nacional de Justicia, 2021b)
• Chats y mensajería (WhatsApp): Las capturas de pantalla son fácilmente manipulables. La
jurisprudencia comparada y nacional sugiere que, para que sean idóneas, deben ser sometidas a un
reconocimiento pericial que extraiga la información del dispositivo, verificando la autenticidad de
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los interlocutores (Torres Loján et al., 2024). La materialización notarial solo da fe de lo que el
notario ve en la pantalla, no de la autenticidad técnica del mensaje o de la no alteración previa
(SaveTheProof, 2023).
Criterios jurisprudenciales de control
La revisión de sentencias de la Corte Constitucional (CCE) y la Corte Nacional de Justicia (CNJ)
muestra una tendencia hacia la exigencia de mayores garantías:
• Derecho a la contradicción: La CCE, en la Sentencia 89-19-JD/21, enfatizó que la motivación de
las sanciones debe basarse en pruebas que permitan una contradicción real. Si la prueba digital no
se entrega en su formato nativo, se impide la defensa técnica (Corte Constitucional del Ecuador,
2021b).
• Licitud de la prueba: Se ha establecido que el acceso a correos electrónicos o dispositivos
corporativos asignados a funcionarios no es irrestricto. Si no existen políticas claras de uso, el
acceso a comunicaciones personales puede violar el derecho a la intimidad, tornando la prueba
ilícita e inconstitucional (Corte Constitucional del Ecuador, 2021c).
DISCUSIÓN
La investigación expone una brecha significativa entre la "verdad digital" y la "verdad procesal
administrativa". La discusión se centra en desmitificar la idea de que el documento impreso otorga
seguridad jurídica a la evidencia digital. Al contrario, la impresión destruye los metadatos, que son
esenciales para verificar la integridad y autoría del documento (Riofrío Martínez-Villalba, 2015). La
administración pública, al sustentar sanciones en expedientes físicos de pruebas digitales, está operando
bajo un paradigma obsoleto que no garantiza la idoneidad probatoria. El desequilibrio en la carga de la
prueba es evidente, aunque el COA impone la carga a la administración, en la práctica, al presentar
pruebas digitales precarias (capturas de pantalla), se fuerza al administrado a probar su falsedad, lo cual
a menudo requiere peritajes costosos. Esto contraviene el principio de presunción de inocencia (Aguirre
Manosalvas, 2023).
La idoneidad de la prueba digital, por tanto, no es solo una cuestión técnica, sino una garantía
fundamental del debido proceso. La comparación con legislaciones como la colombiana y la española
sugiere que Ecuador debe avanzar hacia una regulación propia de la prueba digital administrativa, que
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supere la supletoriedad del COGEP y establezca estándares técnicos obligatorios (ISO/IEC 27037) para
la recolección y preservación de evidencia por parte de los funcionarios públicos (Rea-Moposita et al.,
2025).
CONCLUSIONES
La prueba digital es jurídicamente admisible en el procedimiento administrativo sancionador
ecuatoriano por el principio de equivalencia funcional; sin embargo, su idoneidad está condicionada a
la preservación técnica de sus atributos de autenticidad e integridad. Una prueba digital carente de
cadena de custodia o validación técnica (hash) pierde eficacia probatoria y se reduce a un indicio
insuficiente para sancionar.
La práctica generalizada de "materializar" la prueba digital mediante impresión simple o notarización
visual es insuficiente para garantizar el debido proceso. Estas acciones no certifican la inalterabilidad
de los datos ni la identidad de los emisores, colocando al administrado en indefensión al no poder
ejercer una contradicción técnica efectiva.
Existe un vacío normativo crítico en el Código Orgánico Administrativo respecto a la cadena de
custodia digital, la aplicación supletoria del COGEP y del COIP resulta operativa pero insuficiente si
no se capacita a los instructores administrativos en estándares forenses básicos.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones. (2021). Resolución de Procedimiento
Administrativo Sancionador No. ARCOTEL-CZO2-AI-2020-014. ARCOTEL.
https://www.arcotel.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/03/Resolucion-ARCOTEL-
2021-0403.pdf
Aguirre Manosalvas, F. (2023). ¿De quién es la carga de la prueba en el derecho administrativo
sancionador? Francisco Aguirre Abogados.
https://franciscoaguirre.com/de-quien-es-la-carga-de-la-prueba-en-el-derecho-administrativo-
sancionador/
pág. 678
Asamblea Nacional del Ecuador. (2017). Código Orgánico Administrativo. Registro Oficial Suplemento
31. https://www.gobiernoelectronico.gob.ec/wp-content/uploads/2020/11/COA.pdf
Carrillo López, V. E. (2021). Desafíos y Lecciones: Gobierno Electrónico en la Administración Pública
del Ecuador, periodo de 2019-2021. Universidad Internacional de La Rioja.
https://reunir.unir.net/bitstream/handle/123456789/15361/Carrillo%20L%C3%B3pez%2C%20
Ver%C3%B3nica%20Emilia.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Celis-Danzinger, G. (2024). Valor probatorio del documento electrónico en el procedimiento
administrativo sancionador en Chile. Jurídicas CUC, 20(1), 157-178.
https://doi.org/10.17981/juridcuc.20.1.2024.06
Ciencia Latina. (2025). La prueba digital en el proceso penal ecuatoriano, desafíos constitucionales,
técnicos y comparados frente a los estándares iberoamericanos de evidencia tecnológica.
Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar, 9(5).
https://ciencialatina.org/index.php/cienciala/article/view/21212
Congreso de la República de Colombia. (2011). Ley 1437 de 2011. Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Diario Oficial No. 47.956.
Congreso Nacional del Ecuador. (2002). Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos.
Registro Oficial Suplemento 557.
https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/Ley-de-
Comercio-Electronico-Firmas-y-Mensajes-de-Datos.pdf
Correa Fernández, M., Luna Salas, F., & Pacheco Benjumea, M. P. (2022). Valor Probatorio del
Documento Electrónico a la Luz de la Digitalización de la Justicia en Colombia. Revista
Jurídica Mario Alario D'Filippo, 14(28), 302-324. https://doi.org/10.32997/2256-2796-vol.14-
num.28-2022-3976
Corte Constitucional del Ecuador. (2021). Sentencia No. 094-21-CN.
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2021/c-094-21.htm
pág. 679
Corte Constitucional del Ecuador. (2021b). Sentencia No. 89-19-JD/21.
https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/e2NhcnBldGE6J3RyYW
1pdGUnLCB1dWlkOidhYmFhMGQ2MS1lMjNlLTQzYmUtYTQ4OS1mZGY4YzNlYTQwZ
jcucGRmJ30=
Corte Constitucional del Ecuador. (2021c). Sentencia No. 15-18-IN/21.
Corte Nacional de Justicia. (2021). Absolución de Consultas: Prueba por medio de documentos
electrónicos (WhatsApp). Oficio: 0120-AJ-P-CNJ-2021.
https://www.cortenacional.gob.ec/cnj/images/pdf/consultas_absueltas/No_Penales/Civil/127.p
df
Corte Nacional de Justicia. (2021b). Sentencia No. 688-2021. Sala Especializada de lo Contencioso
Administrativo.
https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8i
LCJ1dWlkIjoiODgzYzM4NmItNGExNC00ODI2LWE2ODEtZWZkZTliMjM0ZGYzLnBkZi
J9
Herrera, R. (2025). El papel de la prueba digital en los procedimientos penales en Ecuador. Universidad
Andina Simón Bolívar.
http://repositorio.uasb.edu.ec/bitstream/10644/10524/1/T4605-MDPE-Herrera-
El%20papel.pdf
Jefatura del Estado. (2015). Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Boletín Oficial del Estado, 236.
Montecé Mosquera, F. W., & Izquierdo Montecé, J. A. (2020). Preservación de la evidencia digital en el
procedimiento de Cadena de Custodia. Revista Arbitrada Interdisciplinaria Koinonía, 5(3).
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8965210
Nizama-Valladolid, M. (2020). El enfoque cualitativo en la investigación jurídica. Vox Juris, 38(2), 69-
90. https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/7628480.pdf
pág. 680
Paredes, L., & López, J. (2023). La Prueba y su Aplicación en el Derecho Administrativo Sancionador
Ecuatoriano. ResearchGate.
https://www.researchgate.net/publication/374683340_La_Prueba_y_su_Aplicacion_en_el_Der
echo_Administrativo_Sancionador_Ecuatoriano
Paredes, T. G., López, G. E., & López, N. A. (2023). La Prueba y su Aplicación en el Derecho
Administrativo Sancionador Ecuatoriano. Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar,
7(5). https://ciencialatina.org/index.php/cienciala/article/view/7909
Quelal, P. (2022). La sana crítica y la prueba digital. Universidad Andina Simón Bolívar.
https://repositorio.uasb.edu.ec/bitstream/10644/8385/1/T3658-MDP-Quelal-La%20sana.pdf
Quchimbo, M. A., Mereci, L. S., & Ramón, M. E. (2024). La admisibilidad de la prueba digital en los
procesos judiciales incorporados en el Código Orgánico General de Procesos. Dominio de las
Ciencias, 10(3), 1126-1142. https://doi.org/10.23857/dc.v10i3.3972
Rea-Moposita, E., Mosquera-Modoy, A., & Martínez-Pérez, O. (2025). El procedimiento administrativo
sancionador: análisis de su eficiencia y legitimidad en el Ecuador. 593 Digital Publisher CEIT,
10(3), 1499-1514. https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/10287469.pdf
Riofrío Martínez-Villalba, J. C. (2015). Ecuador: Eficacia Natural probatoria de los Documentos
Electrónicos No Firmados. ResearchGate.
https://www.researchgate.net/publication/28063528_Ecuador_Eficacia_Natural_probatoria_de
_los_Documentos_Electronicos_No_Firmados
SaveTheProof. (2023). Jurisprudencia acerca de las capturas de pantalla. SaveTheProof.
https://www.savetheproof.com/jurisprudencia-acerca-de-las-capturas-de-pantalla/
Torres Loján, C. G., Alvarado Ajila, L. A., & García Segarra, H. G. (2024). WhatsApp como herramienta
de prueba en litigios por obligaciones financieras: Una mirada al sistema judicial ecuatoriano.
Revista Lex, 7(25), 496–511. https://revistalex.org/index.php/revistalex/article/view/273
Umaña Chaux, A. F. (2005). Algunos comentarios sobre el principio del equivalente funcional en la Ley
527 de 1999. Revista de Derecho, Universidad de los Andes.
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/7510305.pdf
pág. 681
Vaca, P. A., & Dulce Villarreal, E. R. (2025). Blockchain para asegurar la integridad y trazabilidad en la
cadena de custodia de evidencia digital en informática forense: Un estudio de mapeo
sistemático. TecnoLógicas, 27(60).
https://www.researchgate.net/publication/395508564_La_cadena_de_custodia_en_la_producci
on_de_la_prueba_digital