Ambigüedad del tipo penal denominado delitos de abogados, patronos y litigantes en el Estado de Oaxaca
Resumen
El tipo penal denominado “Delitos de Abogados, Patronos y litigantes, previsto en el Titulo Noveno, Capítulo II, articulo 222 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, es un tipo penal abierto, vago e impreciso en cuanto a la calificativa que deben revestir los sujetos activos en la comisión de dicho ilícito, así como en los conceptos utilizados para determinar los comportamientos penalmente prohibidos; por lo que se verificara, que debido a la ambigüedad en la redacción del tipo penal en estudio, se viola el Principio de Seguridad Jurídica y el de Legalidad en su vertiente de Taxatividad, además de que se atenta no solo contra el libre ejercicio de la profesión de la abogacía, sino también de otros derechos fundamentales como lo es, la libertad de expresión, defensa adecuada, derecho a la no autoincriminación y al secreto profesional que son fundamentales tanto en el ejercicio de la profesión como al tener el carácter de parte en un juicio. De igual manera, se abordará el estudio y análisis del significado gramatical y jurídico de los conceptos abogado, patrono y litigante, con la finalidad de constatar que en el caso concreto del tipo penal en estudio, los conceptos antes mencionados no pueden ser utilizados como sinónimos para referirse a un profesional del derecho para acreditar la calidad específica del sujeto activo en el tipo penal en análisis.
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